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  1. #1
    Estimado Bábaro, por otro lado, el número de mandos intermedios en la Policía Nacional les permite (Corrijame si me equivoco) tener jefes de turno que supervisen el desarrollo del servicio, sin necesidad de que el jefe de unidad tenga que dar directrices directas a través de un documento (Papeleta) donde se consignan las vicisitudes de dicho servicio como medio de registro documental y medio de traslado de novedades al propio jefe de unidad, ya que entiendo, que de dicha función se encarga el jefe de servicio mencionado anteriormente. Sin embargo, en la Guardia Civil el número de Cabos y Sargentos no permite un mando intermedio responsable del servicio en cada turno (Circunstancia que a mi juicio debería de cambiar, pese a que nuestras asociaciones no la mencionen ni por casualidad) obligando al jefe de unidad a utilizar dicho documento para impartir directrices o cometidos y donde se debe plasmar (A fin de garantizar el cumplimiento de los mismos) las vicisitudes que impidan su cumplimiento o las novedades derivadas del propio servicio.
    Última edición por Mediocritas; 20/04/2017 a las 12:01

  2. #2
    Cita Iniciado por Mediocritas Ver mensaje
    Estimado Bábaro, por otro lado, el número de mandos intermedios en la Policía Nacional les permite (Corrijame si me equivoco) tener jefes de turno que supervisen el desarrollo del servicio, sin necesidad de que el jefe de unidad tenga que dar directrices directas a través de un documento (Papeleta) donde se consignan las vicisitudes de dicho servicio como medio de registro documental y medio de traslado de novedades al propio jefe de unidad, ya que entiendo, que de dicha función se encarga el jefe de servicio mencionado anteriormente. Sin embargo, en la Guardia Civil el número de Cabos y Sargentos no permite un mando intermedio responsable del servicio en cada turno (Circunstancia que a mi juicio debería de cambiar, pese a que nuestras asociaciones no la mencionen ni por casualidad) obligando al jefe de unidad a utilizar dicho documento para impartir directrices o cometidos y donde se debe plasmar (A fin de garantizar el cumplimiento de los mismos) las vicisitudes que impidan su cumplimiento o las novedades derivadas del propio servicio.
    Una cosa es recibir instrucciones a través de un papel, y otra tener que apuntar en una papeleta que voy al baño mientras tenia que montar un punto.

  3. #3
    Cita Iniciado por Bávaro Ver mensaje
    Una cosa es recibir instrucciones a través de un papel, y otra tener que apuntar en una papeleta que voy al baño mientras tenia que montar un punto.
    Exacto... El tema es que no se exige apuntar cuando uno va al baño, se fuma un cigarro, llama por teléfono o le entra un ataque de tos... Se exige anotar si se suspende un dispositivo operativo o un cometido concreto previamente ordenado por escrito.

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