En ningún sitio indica las diligencias a realizar con cualquier tema, ya que es algo abierto y libre. Pero por mera lógica deben hacer la exposición de hechos explicando los motivos que les ha llevado a detener y pensar que hay indicios de responsabilidad penal contra una persona, así como la 1º lectura de derechos que acredite que se ha cumplido con el mandato constitucional y de la Lecrim de que el investigado/detenido es consciente de los motivos de su detención.
Dicho esto, si os llevan un detenido sin ningún tipo de diligencias... no lo aceptéis. En el caso de que falte alguna diligencia, fallos garrafales, etc... consultarlo a vuestro jefe, pero barajar la opción de leer los derechos a los policiales locales como presuntos autores de detención ilegal o delito cometido por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales (art. 537). A partir de ahí irán muy suaves...
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