Cita Iniciado por psmito Ver mensaje
no , no es expulsión pero retiro por perdida de aptitudes profesionales implica que solo cuenta lo trabajado hasta la fecha de retiro y si no llevas cotizados un mínimo de 15 años no generas pensión con lo cual te retiran pero con 0 euros de paga
los derechos pasivos los conservas pero se pagaran a los 65 años

esta tabla es sobre el haber regulador que para este año y para guardias es 1746,86 y siempre hablamos en dinero bruto cada uno después tendrá el IRPF que le corresponda


Años de servicio Porcentaje
del regulador

hasta 15 años no se genera pension
15 26,92
16 30,57
17 34,23
18 37,88
19 41,54
20 45,19
21 48,84
22 52,50
23 56,15
24 59,81
25 63,46
26 67,11
27 70,77
28 74,42
29 78,08
30 81,73
31 85,38
32 89,04
33 92,69
34 96,35
35 y más 100,00
Esta tabla es para pérdida de aptitudes profesionales, y para pérdida de aptitudes profesionales? ?? Y Una jubilación por motivos psicológicos o por motivos fisicos de un guardia con 8 años de antigüedad
????

En mi época recién ingresado se jubilaban por motivos psicológicos guardias con 3 años de antigüedad, eso hoy en día sería 0€ de pensión ?????