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  1. #1
    Cita Iniciado por volcan Ver mensaje
    Retiro no es igual a expulsión.
    Supongo que si no lleva 20 años de servicio no le quedará el 100% de la pensión.
    Eso es lo que entiendo yo , sino habrían puesto en la Orden General que conllevaría la pérdida de la condición de guardia civil . Lo que entiendo es que lo que le quedaría de pensión por pérdida de aptitudes profesionales seria de unos 800€ netos por llevar menos de 15 años en el Cuerpo .

  2. #2
    Cita Iniciado por psmito Ver mensaje
    no , no es expulsión pero retiro por perdida de aptitudes profesionales implica que solo cuenta lo trabajado hasta la fecha de retiro y si no llevas cotizados un mínimo de 15 años no generas pensión con lo cual te retiran pero con 0 euros de paga
    los derechos pasivos los conservas pero se pagaran a los 65 años

    esta tabla es sobre el haber regulador que para este año y para guardias es 1746,86 y siempre hablamos en dinero bruto cada uno después tendrá el IRPF que le corresponda


    Años de servicio Porcentaje
    del regulador

    hasta 15 años no se genera pension
    15 26,92
    16 30,57
    17 34,23
    18 37,88
    19 41,54
    20 45,19
    21 48,84
    22 52,50
    23 56,15
    24 59,81
    25 63,46
    26 67,11
    27 70,77
    28 74,42
    29 78,08
    30 81,73
    31 85,38
    32 89,04
    33 92,69
    34 96,35
    35 y más 100,00
    Esta tabla es para pérdida de aptitudes profesionales, y para pérdida de aptitudes profesionales? ?? Y Una jubilación por motivos psicológicos o por motivos fisicos de un guardia con 8 años de antigüedad
    ????

    En mi época recién ingresado se jubilaban por motivos psicológicos guardias con 3 años de antigüedad, eso hoy en día sería 0€ de pensión ?????

  3. #3
    Perdón !!!un retiro por motivos psicofisicos

  4. #4
    Cita Iniciado por pestañi Ver mensaje
    Esta tabla es para pérdida de aptitudes profesionales, y para pérdida de aptitudes profesionales? ?? Y Una jubilación por motivos psicológicos o por motivos fisicos de un guardia con 8 años de antigüedad
    ????

    En mi época recién ingresado se jubilaban por motivos psicológicos guardias con 3 años de antigüedad, eso hoy en día sería 0€ de pensión ?????
    No. Eso es otra cosa con 3 años unos 1200 euros. Y ya lo que faltaba que alguien enfermo le dejen sin nada

  5. #5
    [QUOTE=psmito;630341]no , no es expulsión pero retiro por perdida de aptitudes profesionales implica que solo cuenta lo trabajado hasta la fecha de retiro y si no llevas cotizados un mínimo de 15 años no generas pensión con lo cual te retiran pero con 0 euros de paga
    los derechos pasivos los conservas pero se pagaran a los 65 años

    esta tabla es sobre el haber regulador que para este año y para guardias es 1746,86 y siempre hablamos en dinero bruto cada uno después tendrá el IRPF que le corresponda


    Años de servicio Porcentaje
    del regulador

    hasta 15 años no se genera pension
    15 26,92
    16 30,57
    17 34,23
    18 37,88
    19 41,54
    20 45,19
    21 48,84
    22 52,50
    23 56,15
    24 59,81
    25 63,46
    26 67,11
    27 70,77
    28 74,42
    29 78,08
    30 81,73
    31 85,38
    32 89,04
    33 92,69
    34 96,35
    35 y más 100,00[
    Creo que estás mezclando cosas.
    El guardia pasaría a retiro por perdida de aptitudes psicofisicas con su correspondiente pensión, eso sí, si no lleva 20 años de servicio perdería un % de la pensión.

  6. #6
    Creo que si al guardia de la UPROSE le quedan 1.000€/mes de pensión de retiro y estando en activo sin festivos y nocturnos y cobra 1.400€/mes pues no sale muy mal parado , no entiendo el revuelo en todo ésto la verdad

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