Es por ello que resulta materialmente imposible que un funcionario, como es un guardiacivil, esté el mismo día en dos situaciones dispares (vacaciones y descanso semanal). Concluye la Sala de Justicia que el demandante solicitó cuatro días de vacaciones (de viernes a lunes) y, atendiendo a la normativa en vigor, el sábado y domingo están incluidos en tal periodo vacacional.
Creo que se debería explicar la sentencia. El compañero solicita 4 días (viernes, sábado, domingo y lunes) NO dos días (viernes y lunes)
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