Pero se puede hacer como siempre por lo que pone en el BOE entiendo que no, que sólo si te da algún fallo y hay que acreditarlo....
Pero se puede hacer como siempre por lo que pone en el BOE entiendo que no, que sólo si te da algún fallo y hay que acreditarlo....
Una vez realizado el pago telemáticamente, se debe presentar algún documento en formato papel. ¿Modelo 790? ----> entiendo que el modelo 790 se presentaría si se hiciera el pago de forma presencial ante la entidad bancaria y presentar el justificante de pago en las dependencias de la Guardia Civil. Pero... estoy un tanto confuso en ésta última cuestión...
3.1 Plazo: Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2 Procedimiento de inscripción: La solicitud de admisión a este proceso se realizará preferentemente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/): seleccionando el procedimiento de «Solicitud de Ingreso en la Escala de Cabos y Guardias» en la modalidad que corresponda según el pago de tasas (sin reducción, con bonificación o exención). Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).
Esta opción permite:
– La inscripción íntegramente electrónica.
– Pago de tasas.
– Firma electrónica de la solicitud.
– Obtención del justificante de registro.
– Consulta del estado de su expediente en el apartado «Mis expedientes».
Los interesados deberán seguir los pasos e instrucciones que la sede les vaya indicando.
Según eso, en teoría todo es electrónico, y el papel no se toca ni de broma. Todo queda registrado electrónicamente.
Ahora bien, en caso de incidencia dice : ''Cuando una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilite el funcionamiento ordinario de los sistemas, se procederá como se indica a continuación:
Los interesados accederán a la página de inscripción a través de la página https://ingreso.guardiacivil.es/ siguiendo los siguientes pasos:...''
En éste momento, es cuando realmente empieza a utilizarse el papel. Muy raro el tema de las incidencias.
Buenas tardes. En la convocatoria poner que el bachiller barema pero pone también el equivalente, algún@ sabe si la prueba de acceso a grado superior sirve?
Las pruebas de acceso no bareman como tal. Un saludo.
Buenas, me gustaría tatuarme un cartel de "welcome to las Vegas" con una ruleta y unos dados. Tengo una duda con si eso lo verán como un tatuaje ofensivo por la tematica de juego o ludopatia y me echarán en la revisión médica. Gracias
preferentemente por vía electrónica
Entiendo que preferentemente no significa únicamente, es decir entiendo que se puede hacer con papel 790 y cuartel.
De todas formas yo estoy a la espera de una nota para saber si puedo baremar algo y me pondré con la solicitud.
Saludos
Preferentemente, porque en caso de que exista alguna incidencia técnica se procederá a usar la forma antigua. Pero si no existe esa incidencia el único procedimiento es telemáticamente
Buenas, en mi caso me pone que esta registrada correctamente la solicitud y en el apartado de «mis expedientes» «tasas», pone que esta rechazado el pago. Lo he intentado en varias ocasiones y con cuentas distintas, ¿Le pasa a alguien más? Un saludo
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