Cita Iniciado por lacayo Ver mensaje
Hola buenas tardes, yo creo que a lo que se refiere tu Comandante de Puesto es que cuando vas a tu casa no estas cubierto en caso que tengas un accidente, entre el Cuartel y tu casa, no seria acto de servicio, si tuvieras concedido la residencia habitual no tendrias ese problema.
Me pareceria muy raro que se metiera en un berenjenal, ya que si tienes concedido un pabellon de cualquier tipo en tu Unidad y pagas las facturas, nadie te va a decir nada, otro caso es que no tengas pabellon o no digas donde tienes el domicilio en la demarcacion(que esto si tienes obligacion)
un saludo
Carreras 2014 tienes pabellon asignado?
Por que te puede tirar por ahí. Es decir: que por no cumplir el art 23.uno.-a) establecer en el su residencia habitual y efectiva. Recogido en el art 23 obligaciones y responsabilidades de la O.G 5/2005 de pabellones. Es para que te empadrones o algo y no pueda dar parte de que no cumples eso. Un saludo