Si el op pregunta eso esq no es gc
En caso de jubilación que yo sepa no puede hacer usos y disfrute del pabellón debido a que ya no está en activo. Los pabellones solo. Son para personal en activo. Por lo que tengo entendido. No considero que sea envidia por el creador de este tema, si no falta de compañerismo del que hace uso y disfrute de algo que no Le corresponde.
Se debería hacer mayor control en los pabellones, que eso de usarlos de vestuario, por ejemplo, no lo veo normal cuando algunos están jodido con alquileres.
Puede quedarse en precario.
No lo sabía, pero una cosa.
Si dicha persona jubilada esta en precario y uno lo solicita en precario estando en activo no podría realizarlo por estar ocupado?
En este caso no prevalece el activo al jubilado, aunque este ya esté haciendo uso y disfrute?
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