Perdona que discrepe, pero la obligación de comunicar el cambio de titularidad es del comprador, y no del vendedor.
No todo el mundo tiene la facilidad de acceder a la base de datos DGT para comprobar si efectivamente se ha llevado a cabo la transferencia, y en base a ello, poder presionar al comprador para que la formalice, por lo tanto, denuncia al vendedor no procede, únicamente al comprador si dicho cambio no se ha notificado, pues en el caso de no llevarse a cabo, incluso el vendedor, pasado los 30 días, legalmente puede formalizar la baja del vehículo bien de manera definitiva o temporal, y ahí será cuando el comprador se busque la vida.
La GC se caracteriza principalmente por ayudar a la sociedad, por resolver problemas y nunca generarlos.
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