Cita Iniciado por serafin Ver mensaje
El caso es el siguiente:
Una persona vende un vehículo de buena fe sin hacer contrato y sin firmar nada, el comprador no realiza transferencia como más de un listo, pasado un tiempo el comprador se divorcia y deja el coche en casa de la ex, ésta vende la vivienda pero antes llama a una grúa para que saque el turismo, eso dice; el vendedor por circunstancias que no vamos a detallar se entera siete años después de que no se hizo el papeleo, cuando le empiezan a embargar de la nómina los impuestos de circulación. Se pone en contacto con el comprador y éste no quiere saber nada, la ex dice que no se acuerda del nombre de la empresa de la grúa y que no quiere saber nada. Resumiendo, por robo no se puede denunciar puesto que no hay robo, por apropiación indebida tampoco porque en ambos casos aunque no hicieron transferencia son los dueños, aunque el titular figura el vendedor. No se puede dar de baja definitiva porque no hay certificado del desguace, tampoco han pasado quince años para que la JPT le pueda dar baja, a todo esto el impuesto sigue, tampoco temporal porque luego habría que dar la definitiva y estaríamos en las mismas.

Denunciar por desaparición y que se expliquen?, o denunciar al comprador por no hacer la transferencia?, claro que a ver como demuestras que lo compró.

Alguna aportación o recomendación. Gracias.
En este caso concreto que citas, el comprador tiene un plazo máximo legal para proceder al cambio de titularidad, si no recuerdo mal, son 30 días, pasado este plazo legal el vendedor de buena fe, debe notificar y de buena fe mediante copia del contrato de compra-venta, la venta realizada del vehículo adjuntando al mismo fotocopia del DNI de comprador y vendedor.

El problema mayor radica cuando el vendedor, una vez realizada la venta, se relaja por haberse deshecho de un problema que creía tener pero resulta tener dos, vehículo a su nombre y lo siguiente que relatas, recibos de impuesto de circulación sin pagar.

Puede realizar el pago de los impuestos de circulación impagados, y posteriormente, acudir a los tribunales por imcumplimiento de contrato, reclamando las cantidades indebidas por dichos impuestos más los interes legales que correspondan del dinero por el tiempo pasado, además de poder reclamar daños y perjuicios causados de dicha situación.