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Resultados 1 al 9 de 9
  1. #1

    No bajada sueldo a la GC y CNP

    Estaba escuchando la radio y ha salido algo de que a nosotros no nos iban a tocar el sueldo o que lo iban a hacer en menor medida, mi padre tambien ha escuchado algo pero estabamos distraidos, alguien ha escuchado exactamente lo que han dicho?????

  2. #2

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Nadie ha escuchado nada?????

  3. #3

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Distraido? Yo cada vez que escucho Guardia Civil, instintivamente se concentran todos los sentidos en acaparar toda la información posible, es deformación profesional, y más si va unido a la palabra sueldo.
    Yo no he oido nada de nada.

  4. #4

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Pues parece que ha dicho al el Director acerca de que a la GCivil no se le va tocar el sueldo ni la extra, porque somo la policía peor pagada de España. Ahora que la experiencia de estos últimos meses me dice que, se confirma la bajada de sueldo y la pérdida de la paga de navidad.

  5. #5

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Lee este foro
    foro
    http://www.unionoficiales.org/viewtopic.php?t=9644

    Modificación "por la puerta de atrás" de la Ley...en beneficio de los de siempre

    Martes 3 de julio de 2012 12:17

    EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES SE HA APROBADO LA MODIFICACIÓN DE:

    - LA LEY 19/76 DEL ORDEN DEL MÉRITO DE LA GUARDIA CIVIL
    - LA LEY 42/99 DE RÉGIMEN DE PERSONAL

    Artículo 29. Retribuciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

    Uno. En el año 2012 las retribuciones y otras remuneraciones del personal del Cuerpo de la Guardia Civil cuyas retribuciones básicas se imputen al artículo 10 de la estructura económica del gasto de los Presupuestos Generales del Estado no experimentarán incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, sin perjuicio de la retribución por antigüedad que pudiera corresponderles. Asimismo, percibirán el complemento de productividad que, en su caso, se atribuya a los mismos por el titular del Departamento, dentro de los créditos previstos para este fin. La cuantía correspondiente experimentará una reducción del 10 por ciento, en términos homogéneos de número y tipo de cargos, respecto a la destinada a este mismo fin en el ejercicio 2011.

    Dos. En el año 2012 las retribuciones a percibir por el personal del Cuerpo de la Guardia Civil no incluido en el apartado anterior serán las siguientes:

    A) El sueldo y los trienios que correspondan al Grupo o Subgrupo de equivalencia en que se halle clasificado el empleo correspondiente, en la cuantía establecida en el artículo 22.Cinco.1 de esta Ley.

    B) Las pagas extraordinarias, que serán dos al año, incorporarán, cada una de ellas, las cuantías de sueldo y trienios fijadas en el artículo 22. Cinco. 2 de esta Ley, en función del grupo o subgrupo que corresponda al empleo que se ostente y el complemento de destino mensual que se perciba.

    La valoración y devengo de los trienios y de las pagas extraordinarias se efectuará de acuerdo con la normativa aplicable a este personal y, supletoriamente, con la normativa de los funcionarios públicos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública, en los términos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

    C) Las retribuciones complementarias de carácter fijo y periódico, que no experimentarán ningún incremento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2011, sin perjuicio, en su caso, de lo previsto en el artículo 22. Siete de esta Ley.

    D) El complemento de productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios se regirán por las normas establecidas para los funcionarios del Estado incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 26 de esta Ley determinándose sus cuantías por el Ministerio del Interior dentro de los créditos que se asignen para cada una de estas finalidades. Dichos créditos no experimentarán incremento respecto del asignado a 31 de diciembre de 2011, en términos anuales.

    Disposición final décima novena. Modificación de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.

    Uno. Se modifica la denominación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, que pasa a denominarse Orden del Mérito de la Guardia Civil.

    Dos. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se modifica el artículo segundo de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, que queda redactado en los siguientes términos:

    «Artículo segundo. La Orden del Mérito de la Guardia Civil tendrá cinco categorías:

    – Gran Cruz.

    – Cruz de Oro.

    – Cruz de Plata.

    – Cruz con distintivo rojo.

    – Cruz con distintivo blanco.

    La Cruz de Oro y la Cruz con distintivo rojo serán pensionadas y se concederán para premiar hechos o servicios realizados con riesgo de la propia vida o demostración de valor personal por parte de sus ejecutantes. La Gran Cruz, la Cruz de Plata y la Cruz con distintivo blanco serán sin pensionar y se concederán por otros servicios o hechos extraordinarios que se determinarán en las normas de desarrollo de la presente Ley.»

    Tres. Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida, se añade un tercer párrafo al artículo tercero de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, con la siguiente redacción:

    «La Gran Cruz es la máxima categoría dentro de la Orden del Mérito de la Guardia Civil, y se concederá por real decreto del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro del Interior, y oído el Ministro de Defensa cuando se trate miembros de la Guardia Civil.»

    Cuatro. Se faculta al Ministro del Interior para aprobar las modificaciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta disposición final.

    Disposición final Trigésima. Modificación de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

    Se modifica el apartado 1 de la disposición adicional sexta de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, que queda redactada en los siguientes términos:

    «Disposición adicional sexta. Creación del empleo de Teniente General.

    1. Se crea el empleo de Teniente General en la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

    Dichos Tenientes Generales pasarán a la situación de reserva al cumplir diez años de permanencia en la categoría de Oficiales Generales. No obstante, el Teniente General Director Adjunto Operativo de la Guardia Civil permanecerá en la situación de servicio activo mientras ostente dicho cargo, pasando, en el momento de su cese, a la situación de reserva o a retiro, según proceda de acuerdo con lo dispuesto en esta ley.»

  6. #6

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Entonces pampli tu tb lo has leido donde sea o que?

  7. #7

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    http://www.rtve.es/alacarta/audios/e...elven/1456228/
    He escuchado todo el audio, a partir del minuto 19.20 habla de ello, dice que no nos han bajado el sueldo, que el sueldo es bajo como el de todos los funcionarios.
    Que cada uno escuche y saque sus conclusiones, pero me da que no dice que no nos vayan a bajar el suelo, sino que no se nos ha bajado. A mi el que me suban el IRPF no hace que me bajen el sueldo no... :antidistur:-)

  8. #8
    Brigada Avatar de SOMEWHERE
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    Mi reino tiene por límites "dos gotas de sangre y un rayo de sol"
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    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    Esto parece un toque de queda general :carca:-) , de aquí a muy poco no podremos salir a la calle y cuando vengan a quitarnos los contadores por falta de pago les enviaremos a que vayan a cobrar las facturas a quién maneja la barca desde la Moncloa. Si ya lo decía Remedios Amaya y no la hicimos caso en la eurovisión:

    !!!!!!!!!!!AAAYYY quién maneja mi barcaaaaaaaaaa..... AAAAYYYY quién maneja mi barcaaaaaaaaaa, que a la deriva me llevaaaaaaa......¡¡¡¡¡¡¡¡¡ :salu:

  9. #9

    Re: No bajada sueldo a la GC y CNP

    [quote user="kusanagui" post="803531"]http://www.rtve.es/alacarta/audios/en-dias-como-hoy/dias-como-hoy-arsenio-fernandez-mesa-fio-eta-hasta-entreguen-armas-digan-definitivamente-se-disuelven/1456228/
    He escuchado todo el audio, a partir del minuto 19.20 habla de ello, dice que no nos han bajado el sueldo, que el sueldo es bajo como el de todos los funcionarios.
    Que cada uno escuche y saque sus conclusiones, pero me da que no dice que no nos vayan a bajar el suelo, sino que no se nos ha bajado. A mi el que me suban el IRPF no hace que me bajen el sueldo no... :antidistur:-)[/quote]


    la verdad es q ahi no dice absolutamente nada

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