[quote user="Oriori" post="804621"][quote user="Pamplinas" post="804245"][quote user="Oriori" post="804088"]Yo creo que no he entendido bien la noticia:
¿Se ha absuelto al Capitán o únicamente se ha declarado competente la justicia militar por la especialidad de la materia?
Yo creo que lo lógico sería esperar al fallo y valorarlo con los hechos probados.
Saludos.[/quote]

El fallo ya da igual, el capitán ya puede respirar tranquilo, no es lo mismo un simple abuso de autoridad en el ámbito militar que unas lesiones, vejaciones y coacciones del ambito civil.[/quote]

¿SEGURO?

CODIGO PENAL MILITAR

CAPÍTULO III.
ABUSO DE AUTORIDAD
Artículo 103.

El superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave al inferior, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiere arbitrariamente el ejercicio de algún derecho será castigado con la pena de tres meses y un día a cuatro años de prisión.

Artículo 104.

El superior que maltratare de obra a un inferior será castigado con la pena de tres meses y un día a cinco años. Si causare a la persona objeto del maltrato lesiones graves, se impondrá la pena de cinco a quince años de prisión. Si le causare la muerte, se impondrá la pena de quince a veinticinco años.

Artículo 105.

Artículo 106.

El superior que tratare a un inferior de manera degradante o inhumana ser castigado con la pena de tres meses y un día a cinco años de prisión.

Mínimo 3 meses de prisión.

Yo firmaría la condena por lo civil porque seguro que se quedaba en falta, pero por lo militar, los 3 meses de prisión no hay quien se los quite.

Agüita !![/quote]



Me da tufillo, que ese juicio se celebrará pasados unos añitos, y el susodicho Capitán este Cómodamente instalado en la Situación de Reserva por su edad Reglamentaria.

Mientras, intentarán meterle al Guardia unas cuantas Faltas Graves para expulsarlo del Cuerpo, y con un poco de suerte para la Superioridad, cuando lo citen a Juicio al Perjudicado, la citación Judicial será devuelta por domicilio desconocido. etc.