[quote user="esclavo" post="804788"]¿¿¿JUSTICIA MILITAR???

►Un juzgado de Dénia ha condenado por una falta de lesiones a un alférez de la Guardia Civil por agredir a un sargento en el cuartel de Moraira. El guardia civil, que está actualmente de baja psicológica y tras este incidente con el mando se encerró en el cuartel y amenazó con pegarse un tiro, tiene pendiente de resolución en el mismo juzgado una querella contra el mismo oficial y un capitán por acoso laboral, falsedad documental y prevaricación.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) va a solicitar, a raíz de esta sentencia, la apertura de un expediente disciplinario al alférez.
La sentencia del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Dénia declara como hechos probados que el 1 de diciembre de 2006, el entonces sargento jefe del puesto de Moraira estaba en su puesto de trabajo y «tras una discusión por motivos laborales con el denunciado», el alférez «le agarró fuertemente del cuello, causándole lesiones consistentes en lesiones equimóticas en región.

Pese a que el alférez negó los hechos denunciados, el juzgado indica que la declaración del ahora ex sargento de Moraira «resulta creíble» porque su versión es «perfectamente compatible con las lesiones objetivadas en el informe médico-forense aportado a autos».

Además, la magistrada de Dénia dice en la sentencia que es creíble la denuncia porque un testigo, compañero de ambas partes, no estuvo presente en la habitación pero sí en una contigua y en el juicio declaró que « cuando acudió a la estancia donde se encontraban el denunciante y el denunciado», el sargento comenzó a decir «no me toques» y «no me cojas del cuello», frases que «resultan coherentes con la versión de los hechos alegada por el denunciante».


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Yo no sé si te has leído la noticia que acabas de publicar. Si te das cuenta, el Juzgado que condenó fue el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Denia, es decir, LA JUSTICIA CIVIL.

Reitero que lo que en la justicia civil, atendiendo a las lesiones producidas puede quedar en una simple falta que a lo sumo derivaría en una multa y un expediente disciplinario grave, en lo militar sería un ABUSO DE AUTORIDAD, con pena de prisión mínima de 3 meses y expediente disciplinario muy grave por tratarse de condena por delito doloso.

Ojito con la diferencia.
Yo no suspiraría aliviado.