No se debe confundir la situación parlamentaria actual en la que no hay una mayoría monocolor con las potestades que tiene el Gobierno, que mantiene pese a estar en minoría el Partido que lo nutre.
Salvo cuestiones que requieran regularse con reserva de Ley Orgánica, y determinados aspectos del procedimiento legislativo ordinario (sí podría llegar a sacar leyes), el Gobierno puede modificar un montón de aspectos que, de forma directa o indirecta pueden guardar relación con la GC, mediante el ejercicio de la Potestad Reglamentaria (RD, OM) y ese ejercicio, pese a tener limitaciones, no requiere aprobación del Legislativo.
Por ejemplo, por RD se puede crear o modificar la estructura orgánica de un Ministerio y mediante OM se puede configurar o modificar la estructura de una Dirección General por lo tanto cualquier Gobierno tiene potestad para adecuar a su criterio los órganos superiores de los diversos departamentos.
¿Por qué fracasó la dirección unificada de ambos cuerpos?....
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