TÍTULO VI
De las asociaciones profesionales Artículo 36. Ámbito, duración y finalidad de la asociación.
Las asociaciones profesionales de Guardias Civiles deberán tener ámbito estatal, se constituirán por tiempo indefinido y tendrán por finalidad principal la satisfacción de los intereses sociales, económicos y profesionales de sus asociados y la realización de
Página 11
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO LEGISLACIÓN CONSOLIDADA
actividades sociales que favorezcan la eficiencia en el ejercicio de la profesión y la deontología profesional de sus miembros.
En ningún caso estas asociaciones profesionales tendrán carácter lucrativo.
Lamento mucho el perjuicio de muchos con la diferencia de exámenes. Pero esto también es incomprensible e inadmisible. Luego a veces se quejan de sanciones que les ponen. Pero no deben saltarse la ley como quieran. Es el primer artículo de la parte de Asociaciones Profesionales. Y a día de hoy los opositores ni son asociados, ni pueden asociarse ni son Guardias Civiles. Por tanto estas campañas capta publicidad, quiero suponer, está incumpliendo el fin de la creación y función de una asociación profesional. Luego quizás algún GC los necesite para algo y tenga que esperar sentado.
Estoy dispuesto a recibir todas las críticas que merezca mi post de los afines a la implicada asociación. Solo comento y voy dirigido a los opositores ya que os leído que habéis citado ese comunicado y que no os creéis ciertas esperanzas. Desconozco si en vuestro temario entra al completo la Ley Orgánica 11/2007 Reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la GC. Por eso creo que no va a llegar a buen puerto para vuestros intereses ese comunicado/denuncia. Igual la DGGC ni les contesta por improcedente, y un juzgado lo desestima por antijurídico.
Lo siento, y mucha suerte a todos de verdad. Ánimo y espero que pronto os publiquen los resultados provisionales. Yo apostaría que para final de esta semana. Saludos!
Marcadores