Pues yo mas injusto todavia veo que por una **** mierda de 35 euros mas al mes de la mierda de la productividad de subida (sin contar Irpf), no me dieran los DAS y las noches y festivos que genero que si te dan a ti, y estoy deseando ver como queda la subida de sueldo y si quitan el jodido telefono corporativo sino va a ver mas productividad, porque sino me lo voy a pasar de **** madre hasta que pase a reserva, y el que no pueda porque tiene que reenganchar y si te das de baja no te van a dejar que se joda
Pero tú eres Comte de puesto?? Porque no sé de dónde sacaste esos 35€ de diferenciaPues yo mas injusto todavia veo que por una **** mierda de 35 euros mas al mes de la mierda de la productividad de subida (sin contar Irpf), no me dieran los DAS y las noches y festivos que genero que si te dan a ti, y estoy deseando ver como queda la subida de sueldo y si quitan el jodido telefono corporativo sino va a ver mas productividad, porque sino me lo voy a pasar de **** madre hasta que pase a reserva, y el que no pueda porque tiene que reenganchar y si te das de baja no te van a dejar que se joda
De 347 euros a 391 y a eso quítale Irpf
Noto cierto malestar en tus comentarios, parece que te jode que a los Sucesores de Mando nos dieran los DAS; para empezar no se cobra lo mismo, un Comandante de Puesto con trabajar un sólo día al mes ya cobra la Productividad de Comandante de Puesto, un Sucesor como máximo cobrará 260€ de ICRES más 79€ de ERG2 en el caso de los Cabos, total 330€ frente a 390€ por el mismo trabajo; en muchos casos la Sucesión de Mando viene Sobrevenida por diferentes causas y el Sucesor tiene que desempeñar el cargo lo mejor posible y hacer Patrullas, por no decir que la mayoría de los Comandantes de Puesto no dan formación o no explican los cometidos del cargo; la cuestión de los DAS que es de lo que se está debatiendo aquí, radica en que por ejemplo al Sucesor se le está privando del Derecho de Generar DAS, lo que ha hecho la Dirección General es ilegal ya que se ha aplicado retroactivamente una norma que lleva en Vigor más de tres años, en mi caso me han quitado 9 DAS, en fin a ver en que queda todo esto.
Es mas injusto porque lo dices tu no ¿?
Yo también he sido Cabo y Guardia, no nací Sargento y era la misma mierda no tener los DAS en cualquier empleo, no te tengo que rebatir nada, el egoismo es imposible de discutir.
Esto se solucionaba facil como en CNP, un subinspector no cobra productividad, no lleva corporativo ni disponibilidad las 24 h y gana como un cmte de puesto, idem con un oficial que gana mas que un cabo e igual que un cabo cmte de puesto.Noto cierto malestar en tus comentarios, parece que te jode que a los Sucesores de Mando nos dieran los DAS; para empezar no se cobra lo mismo, un Comandante de Puesto con trabajar un sólo día al mes ya cobra la Productividad de Comandante de Puesto, un Sucesor como máximo cobrará 260€ de ICRES más 79€ de ERG2 en el caso de los Cabos, total 330€ frente a 390€ por el mismo trabajo; en muchos casos la Sucesión de Mando viene Sobrevenida por diferentes causas y el Sucesor tiene que desempeñar el cargo lo mejor posible y hacer Patrullas, por no decir que la mayoría de los Comandantes de Puesto no dan formación o no explican los cometidos del cargo; la cuestión de los DAS que es de lo que se está debatiendo aquí, radica en que por ejemplo al Sucesor se le está privando del Derecho de Generar DAS, lo que ha hecho la Dirección General es ilegal ya que se ha aplicado retroactivamente una norma que lleva en Vigor más de tres años, en mi caso me han quitado 9 DAS, en fin a ver en que queda todo esto.
Que manden los puestos los oficiales y a los demas nos paguen lo que toca, que nuestros sueldos sin esa productividad son muy inferiores a los de nuestros compañeros de azul y no habria discusión alguna.
Los que estan a régimen de 40 horas tampoco tienen DAS, la norma se hizo torticera, hay compañeros haciendo 40 horas semanales y sin derecho a DAS, aunque hagan sus 6 noches y 3 festivos.
Y por supuesto estoy de acuerdo que tanto como sucesor como sustituto generen DAS y el titular también, lo contrario es un sin sentido, que es lo que esta ocurriendo
Totalmente de acuerdoNoto cierto malestar en tus comentarios, parece que te jode que a los Sucesores de Mando nos dieran los DAS; para empezar no se cobra lo mismo, un Comandante de Puesto con trabajar un sólo día al mes ya cobra la Productividad de Comandante de Puesto, un Sucesor como máximo cobrará 260€ de ICRES más 79€ de ERG2 en el caso de los Cabos, total 330€ frente a 390€ por el mismo trabajo; en muchos casos la Sucesión de Mando viene Sobrevenida por diferentes causas y el Sucesor tiene que desempeñar el cargo lo mejor posible y hacer Patrullas, por no decir que la mayoría de los Comandantes de Puesto no dan formación o no explican los cometidos del cargo; la cuestión de los DAS que es de lo que se está debatiendo aquí, radica en que por ejemplo al Sucesor se le está privando del Derecho de Generar DAS, lo que ha hecho la Dirección General es ilegal ya que se ha aplicado retroactivamente una norma que lleva en Vigor más de tres años, en mi caso me han quitado 9 DAS, en fin a ver en que queda todo esto.
Y si os dijese que ahora nos sacarán la pasta cobrada....pues eso se escucha ya....que el que se ha quedado de sucesión en fin de semana y te sumaban los 3 puntos por la sucesión y los 3 puntos por ser festivo ahora van a intentar sacar la pasta de los 3 puntos de ICRES cobrados por el festivo ya que no te corresponde.
Ahí lo dejo y preparar los bolsillos el que se ha quedado mucho tiempo de sucesión!!!!!
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