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Vista híbrida

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  1. #1
    No vayas de listillo porque son válidas y están en vigor las dos formas.

    Sobre todo en la rotulación de los vehículos, los nuevos, digo... Creo que tú vas más de listo que yo, solo hay que verte en los diversos foros...
    Última edición por sprint; 04/09/2018 a las 00:13

  2. #2
    Cita Iniciado por sprint Ver mensaje
    No vayas de listillo porque son válidas y están en vigor las dos formas.

    Sobre todo en la rotulación de los vehículos, los nuevos, digo... Creo que tú vas más de listo que yo, solo hay que verte en los diversos foros...
    Anda, lee la Ley de Personal.

    Antes de ir de listo suelo informarme antes.

  3. #3
    Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de laPolicía Nacional.

    Según su PREÁMBULO: Una de las novedades del título preliminar y de la Ley en general es la denominación queutiliza cuando se refiere al Cuerpo Nacional de Policía, haciendo suya la más comúnmenteusada por los ciudadanos de Policía Nacional, designación esta que a la vez traslada a susintegrantes como policías nacionales. Esta medida tiene como fin último consolidar laimagen corporativa de la institución y contribuir a una mayor y mejor integración en lasociedad a la que sirve; lo cual no obsta para que el Cuerpo Nacional de Policía conserve suidentidad (esto quiere decir que se tiene que ver en pequeñito, fijo) necesaria para vertebrar y consolidar la tradición y continuidad que la instituciónpolicial necesita para desplegar su actividad dentro y fuera de España.

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