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  1. #1

    Salida extranjero sin TIM. (verdad o mentira)

    Un saludo. Me comenta un compi, que si no tienes la TIM por perdida o sustracion, no puede uno solicitar salida al extranjero. Mi duda es si es verdad o es uno mas de nuestros bulos .......

  2. #2
    Eso es una soberana estupidez. Te quieren tomar el pelo.

  3. #3
    Bulo total y de los malos.
    Solo necesitas tener en vigor tu DNI o pasaporte.
    Como si te dejas la TIM en CASA, así evitas perderla.

    Saludos

  4. #4
    Pues me la estaria dando, o se la dieron a el, y siguio la cadena..... Gracias maquinas.

  5. #5
    Cita Iniciado por jose_es Ver mensaje
    Pues me la estaria dando, o se la dieron a el, y siguio la cadena..... Gracias maquinas.

    ¿Cuanto tiempo llevas en la Guardia Civil? porque esa trola es de primer día del primer destino, es la primera vez que la escucho y mira que es burda.

    Saludos

  6. #6
    Tengo ya unos cuantos de trienios, pero se da el caso que otro compañero sufrio el robo de la tim,y tenia que irse al extranjero (el pobre se casaba), y algun inteligente se la colo... y a mi me han quitado la tip, y quiero ir ahora de vacaciones fuera, y asi ha sido..... eso y que soy muy noble, jijiji.

  7. #7
    Cita Iniciado por jose_es Ver mensaje
    Tengo ya unos cuantos de trienios, pero se da el caso que otro compañero sufrio el robo de la tim,y tenia que irse al extranjero (el pobre se casaba), y algun inteligente se la colo... y a mi me han quitado la tip, y quiero ir ahora de vacaciones fuera, y asi ha sido..... eso y que soy muy noble, jijiji.

    Es como el timo de la estampita, siempre regresa jajajajja.

    Saludos y para ir al extranjero lo mejor es una buena Visa Oro y la TIM en casa.

  8. #8
    Madre mía!!!! No tengo palabras. 😂😂😂😂

  9. #9
    Además, lo de notificar salida al extranjero es a partir de ciertos días, no recuerdo cuantos, y es solo una notificación, no tienen que autorizarte para irte donde te de la gana, como uno me vino a decir, que si no me autorizaban, no podía irme de viaje, a lo que contesté, pues si el jefe no me deja irme, que me pague lo que me ha costado el viaje.

  10. #10
    Si alguno tienes dudas al respecto consultad el BOGC nº 24 de fecha 05/06/2018 sobre el Real Decreto 274/2018 de 11 de mayo, por el que se regula la residencia, desplazamientos y localización del personal de la Guardia Civil en su CAPÍTULO III. Desplazamientos y localización, Artículo 8. Desplazamientos de los guardias civiles, Pág. 7787.


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