Si un apl con limitación de uso armas presta servicio de armas nombrado erróneamente (control acceso acuartelamiento,...), y se ausenta del servicio, el jurídico no dudaría en abrir expediente disciplinario por abandono de servicio de armas al Guardia (indistintamente de si porta arma o no), y daría cuenta del que le nombró el servicio al compañero.
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