Cita Iniciado por _Exceptio_Veritatis_ Ver mensaje
Una Ordenanza Municipal no deja de ser un ejemplo del ejercicio por parte de las Entidades Locales de su Potestad Reglamentaria si bien ha de cumplir con todas las garantías previstas en el ordenamiento, incluyendo el respeto al Principio de Jerarquía. Dicho esto, hay que tener claro que una Ordenanza Municipal ha de respetar lo dispuesto en la Ley (Ley de Bases, Ley Autonómica de régimen local y legislación sectorial aplicable) debiendo tener claro que además de cumplirse lo dispuesto en la ley aplicable ha de regular competencias propias del Ayuntamiento y sobre todo que para poder aclarar si puede ser más restrictiva (entendiendo restrictivo por intensidad punitiva de figuras) hay que concretar lo que se pretende regular con la misma puesto que no es lo mismo la hacienda local que las funciones de policía o urbanismo; Por ejemplo sería nula de pleno derecho una ordenanza que atribuyese a la Policía Local la competencia para renovar documentación, salvo que con carácter previo una LO lo estableciesen, pero es perfectamente legítima una ordenanza que limite o prohíba algo siempre que esté relacionado con sus competencias, como el ir con determinadas prendas o desnudo por la vía pública.
De todas formas tras su promulgación se puede impugnar ante el TSJ y si esa opción ya es extemporánea se puede utilizar el recurso indirecto ante el orden Contencioso-Administrativo impugnando actos derivados de la misma.
Entonces crees que un ayto. Podría regular la obligación de uso de casco en ciclos?