Yo entiendo que si previamente no se cumplen alguno de los requisitos del articulo 21 RGC , no se puede someter al compi a la prueba de alcoholemia. Si se cumplen alguno de los requisitos y se niega entonces entraria en juego el Art 383 CP. Para mi el compi ha actuado correctamente, porque si se hubiera negado, seguro que ahora tendria quebraderos de cabeza, y sin embargo los quebraderos son ahora para el Foral... porque si el Foral no se ha cubierto las espaldas en su actuacion justificando la realizacion de dicha prueba, y encima esta arroja un resultado negativo, para mi se ha extralimitado en sus funciones.
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