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  1. #11
    Cita Iniciado por Ramquo Ver mensaje
    Te estas pasando compi. Maximo respeto siempre. Hay que verificar la noticia y todo lo ocurrido antes de hablar...
    Un saludo
    No sé si el comentario va por lo que he dicho. Creo que no. De todas formas sé que en todos los cuerpos hay profesionales, pero ya empieza a cansar que seamos siempre los mismos los que aguantemos las tortas. Los cuerpos autonómicos no dan un duro por nosotros, les suda el ciruelo lo que nos pase. Cuanto peor para nosotros mejor para ellos. La muestra es que en los Mossos NADIE se ha manifestado por la politización del cuerpo ni porque haya compañeros suyos que hacen las cosas que todos sabemos. Sólo han salido a la calle para reclamar unas pagas extras que les deben (pobres, que cobran poco) y ni siquiera han sido unas manifestaciones multitudinarias. Con la Foral pasa exactamente lo mismo. Las declaraciones de los sindicatos de ese cuerpo así lo confirman. Según ellos han actuado bien los compañeros que hicieron soplar al compañero nuestro. Vamos, que han hecho la gracia para ganarse el favor de sus amos proetarras. Ni más ni menos, recordemos que esta policía está bajo las órdenes de los que nos mataban hasta hace bien poco.

    En fin, que espero que se los crujan pero bien. Ya sólo nos queda la fe en la Justicia.

  2. #12
    Cita Iniciado por guillemon Ver mensaje
    No sé si el comentario va por lo que he dicho. Creo que no. De todas formas sé que en todos los cuerpos hay profesionales, pero ya empieza a cansar que seamos siempre los mismos los que aguantemos las tortas. Los cuerpos autonómicos no dan un duro por nosotros, les suda el ciruelo lo que nos pase. Cuanto peor para nosotros mejor para ellos. La muestra es que en los Mossos NADIE se ha manifestado por la politización del cuerpo ni porque haya compañeros suyos que hacen las cosas que todos sabemos. Sólo han salido a la calle para reclamar unas pagas extras que les deben (pobres, que cobran poco) y ni siquiera han sido unas manifestaciones multitudinarias. Con la Foral pasa exactamente lo mismo. Las declaraciones de los sindicatos de ese cuerpo así lo confirman. Según ellos han actuado bien los compañeros que hicieron soplar al compañero nuestro. Vamos, que han hecho la gracia para ganarse el favor de sus amos proetarras. Ni más ni menos, recordemos que esta policía está bajo las órdenes de los que nos mataban hasta hace bien poco.

    En fin, que espero que se los crujan pero bien. Ya sólo nos queda la fe en la Justicia.
    Vuelvo a repetir el extracto del Código penal;


    Tiene todo conductor de vehículo a motor, la obligación de someterse a las pruebas de detección alcohólica.

    Caso de no hacerse, de no colaborar para someterse a la prueba de alcohol, el conductor, indistintamente del puesto de trabajo que tenga, incurre en delito contra la seguridad vial, calificado el mismo, bajo el art. 383 CP.



    Si se niega a someterse a la prueba de detección alcohólica, se pasa al siguiente punto, y sería el de la investigación, a parte, que posteriormente, el empleado público, incurre en infracción disciplinaria, por lo que inteligente, precisamente no es que haya sido, sino, que ha cumplido con el deber como cualquier otro ciudadano, y sabía perfectamente a lo que se enfrentaba.

    Art. 383 CP:

    "El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".


    Además, dicha obligación, se ampliará para aquellos casos en los que un peatón esté implicado en un accidente de circulación y el mismo se encuentre bajo los efectos del alcohol y/o drogas, a cicloturistas también les es de aplicación.

    Ahora bien, si se trata de un GC a otro GC o CNP, ¿no pasaría nada?

    Hay que ser objetivo.

    La actuación no es normal, algo se escapa en cuanto a información se refiere, ¿es legal dicha actuación? Si

    Además que si se niega, se investiga dicho delito, se le sanciona por el régimen diaciplinario al salir condenado, y dicha sanción disciplinaria como mínimo sería Grace, todo dependiendo de la repercusión e imagen y catalogación del instructor del expediente.
    La dignidad de un país se mide por los honores que se conceden a sus mártires, a sus héroes y a quienes aún en vida son ejemplo vivo del sacrificio por la patria.

  3. #13
    Comprendo tu argumentación pero no la comparto para nada, porque das por sentado que el compañero de Tráfico presentaba signos de conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas. Si no, por qué se le somete a esa prueba? De manera aleatoria o arbitraria? o más bien para obstruir su actuación?? Por supuesto que si ese compañero hubiera presentado esos síntomas se le somete a esa prueba y va para adelante. Si llega a ser el GC el que hace lo mismo, se lo hubieran crujido sin más miramientos y esto lo sabemos todos.
    Será que yo soy un poco más corporativista, pero en Navarra (a pesar de los PROETARRAS) las competencias de tráfico todavía son compartidas fuera de casco urbano por la Foral y la ATGC. Igual de Agente de la Autoridad es la GC que la Foral, según la Comisión Nacional de Coordinación de la PJ, la ATGC funciona en COORDINACIÓN que no subordinación con la Foral en casos de supuestos delitos contra la seguridad del tráfico.
    En mi opinión, a falta de más información, esto tiene más pinta de ser un conflicto de competencias entre los dos cuerpos, y los autonómicos que se sienten respaldados como la policía política que son, salieron por la tangente y como decía un Capitán que me daba clase en Baeza, "pa chulo yo y pa **** mi hermana". Desde que comenzó el tema este de la equiparación salarial, las autonómicas nos han puesto en el punto de mira, porque saben que lo único que tienen para venderse son los salarios, ya que como policías dejan mucho que desear. Y los Gobiernos autonómicos también lo saben.

    Yo creo que o empezamos a protegernos más entre nosotros o vamos a quedar de guardas de sembrados en muy poco tiempo.

    Saludos!

  4. #14
    Cita Iniciado por guillemon Ver mensaje
    Comprendo tu argumentación pero no la comparto para nada, porque das por sentado que el compañero de Tráfico presentaba signos de conducir bajo los efectos del alcohol o de las drogas. Si no, por qué se le somete a esa prueba? De manera aleatoria o arbitraria? o más bien para obstruir su actuación?? Por supuesto que si ese compañero hubiera presentado esos síntomas se le somete a esa prueba y va para adelante. Si llega a ser el GC el que hace lo mismo, se lo hubieran crujido sin más miramientos y esto lo sabemos todos.
    Será que yo soy un poco más corporativista, pero en Navarra (a pesar de los PROETARRAS) las competencias de tráfico todavía son compartidas fuera de casco urbano por la Foral y la ATGC. Igual de Agente de la Autoridad es la GC que la Foral, según la Comisión Nacional de Coordinación de la PJ, la ATGC funciona en COORDINACIÓN que no subordinación con la Foral en casos de supuestos delitos contra la seguridad del tráfico.
    En mi opinión, a falta de más información, esto tiene más pinta de ser un conflicto de competencias entre los dos cuerpos, y los autonómicos que se sienten respaldados como la policía política que son, salieron por la tangente y como decía un Capitán que me daba clase en Baeza, "pa chulo yo y pa **** mi hermana". Desde que comenzó el tema este de la equiparación salarial, las autonómicas nos han puesto en el punto de mira, porque saben que lo único que tienen para venderse son los salarios, ya que como policías dejan mucho que desear. Y los Gobiernos autonómicos también lo saben.

    Yo creo que o empezamos a protegernos más entre nosotros o vamos a quedar de guardas de sembrados en muy poco tiempo.

    Saludos!
    No tienes que compartir nada, yo me guío por lo que dice la norma.

    No doy por sentado en ningún momento que vaya o no vaya bajo los efectos del alcohol, soy por hecho y lee de nuevo, que todo conductor “está obligado a someterse a las pruebas de detección de alhocol” SI O SI, y si no realiza la prueba, incurre en delito.
    La dignidad de un país se mide por los honores que se conceden a sus mártires, a sus héroes y a quienes aún en vida son ejemplo vivo del sacrificio por la patria.

  5. #15
    B a n n e d Avatar de gladiador_a3
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    Cita Iniciado por Alejandro Severo Ver mensaje
    Vuelvo a repetir el extracto del Código penal;


    Tiene todo conductor de vehículo a motor, la obligación de someterse a las pruebas de detección alcohólica.

    Caso de no hacerse, de no colaborar para someterse a la prueba de alcohol, el conductor, indistintamente del puesto de trabajo que tenga, incurre en delito contra la seguridad vial, calificado el mismo, bajo el art. 383 CP.



    Si se niega a someterse a la prueba de detección alcohólica, se pasa al siguiente punto, y sería el de la investigación, a parte, que posteriormente, el empleado público, incurre en infracción disciplinaria, por lo que inteligente, precisamente no es que haya sido, sino, que ha cumplido con el deber como cualquier otro ciudadano, y sabía perfectamente a lo que se enfrentaba.

    Art. 383 CP:

    "El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores, será castigado con la penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".


    Además, dicha obligación, se ampliará para aquellos casos en los que un peatón esté implicado en un accidente de circulación y el mismo se encuentre bajo los efectos del alcohol y/o drogas, a cicloturistas también les es de aplicación.

    Ahora bien, si se trata de un GC a otro GC o CNP, ¿no pasaría nada?

    Hay que ser objetivo.

    La actuación no es normal, algo se escapa en cuanto a información se refiere, ¿es legal dicha actuación? Si

    Además que si se niega, se investiga dicho delito, se le sanciona por el régimen diaciplinario al salir condenado, y dicha sanción disciplinaria como mínimo sería Grace, todo dependiendo de la repercusión e imagen y catalogación del instructor del expediente.
    Totalmente de acuerdo contigo, pero.....:

    1- ¿Hay accidente?
    2- ¿Hay infracción?
    3- ¿Hay control preventivo de alcohol?

    ¿Estaba nuestra patrulla en alguno de estos supuestos?

    Si no es así, la cosa se puede retorcer de mala manera para los forales.

  6. #16
    Cita Iniciado por gladiador_a3 Ver mensaje
    Totalmente de acuerdo contigo, pero.....:

    1- ¿Hay accidente?
    2- ¿Hay infracción?
    3- ¿Hay control preventivo de alcohol?

    ¿Estaba nuestra patrulla en alguno de estos supuestos?

    Si no es así, la cosa se puede retorcer de mala manera para los forales.

    Desconozco si hay infracción, el artículo reza en el mismo, que se dirigen a otro lugar, para lo cual, con el fin de determinar el culpable del siniestro, intuyo que circulan a velocidad superior de La estipulada en la vía (suposicion mia) y en ese caso, lo harían con los medios disponibles (prioritarios) y bajo nuestra responsabilidad, estamos amparados legalmente.

    ¿Quieres mi opinión? Algo anteriormente ha sucedido, con estos u otros componentes de ambos cuerpos, y de ahí la historia.

    Evidentemente, la actuación del foral tendrá sus repercusiones y las mismas podrán ser penales por obstrucción.
    La dignidad de un país se mide por los honores que se conceden a sus mártires, a sus héroes y a quienes aún en vida son ejemplo vivo del sacrificio por la patria.

  7. #17
    En tu anterior respuesta, citando el CP art 383 , que todos sabemos lo que indica al respecto, deduje que tenias en cuenta el art.21 del RGC, pero veo que no.
    Salvo alguna instruccion especifica al respecto, que desconozco, y que seria conveniente que algun compi de trafico aporte mas luz sobre el tema, me quedo con que el Foral se ha metido en un berenjenal...

    Cita Iniciado por Alejandro Severo Ver mensaje
    Desconozco si hay infracción, el artículo reza en el mismo, que se dirigen a otro lugar, para lo cual, con el fin de determinar el culpable del siniestro, intuyo que circulan a velocidad superior de La estipulada en la vía (suposicion mia) y en ese caso, lo harían con los medios disponibles (prioritarios) y bajo nuestra responsabilidad, estamos amparados legalmente.

    ¿Quieres mi opinión? Algo anteriormente ha sucedido, con estos u otros componentes de ambos cuerpos, y de ahí la historia.

    Evidentemente, la actuación del foral tendrá sus repercusiones y las mismas podrán ser penales por obstrucción.
    Última edición por pikolo; 17/02/2019 a las 18:36

  8. #18
    Cita Iniciado por pikolo Ver mensaje
    En tu anterior respuesta, citando el CP art 383 , que todos sabemos lo que indica al respecto, deduje que tenias en cuenta el art.21 del RGC, pero veo que no.
    Salvo alguna instruccion especifica al respecto, que desconozco, y que seria conveniente que algun compi de trafico aporte mas luz sobre el tema, me quedo con que el Foral se ha metido en un berenjenal...

    Veo que deduces mal, por qué a colación de la aplicación del correspondiente articulado del código penal, se le aplica el artículo 21 que mencionas en su apartado b.

    Soy componente de la agrupación de tráfico desde hace bastantes años y sé perfectamente de lo que hablo, y si a la hora de detener un vehículo por qué presumiblemente creo que está conduciendo bajo los efectos del alcohol, sometido el mismo a dicha prueba, su resultado es negativo, continuará la marcha, se le informa del motivo de la parada, y resolución del problema.

    El problema aquí que muchos quieren ver un problema donde no lo hay.

    Muchos se creen en la condición de su empleo y amparado en el mismo, creen presuponer que están por encima de la norma, y la norma, es para todos por igual, y si a mí se me aplica, yo la aplico también.

    ¿Puedo levantar la mano? Por supuesto. ¿Lo haría con un compañero o usuario normal? Por supuesto y depende de qué casos. Pero no dramaticemos ni busquemos resquicios por los que pretender escapar, por qué si el compañero ha colaborado para someterse a la prueba, perfectamente sabia a lo que se enfrentaba si no lo hacía de manera voluntaria, aunque sabía más que de sobra que el resultado iba a ser negativo.
    La dignidad de un país se mide por los honores que se conceden a sus mártires, a sus héroes y a quienes aún en vida son ejemplo vivo del sacrificio por la patria.

  9. #19
    Mencionas instrucción pero te diré claramente otra alusión al mismo.

    Régimen disciplinario del cuerpo de la guardia civil.
    Artículo 7 apartado 24.

    Léelo y luego me comentas.
    La dignidad de un país se mide por los honores que se conceden a sus mártires, a sus héroes y a quienes aún en vida son ejemplo vivo del sacrificio por la patria.

  10. #20
    Cita Iniciado por Alejandro Severo Ver mensaje
    Veo que deduces mal, por qué a colación de la aplicación del correspondiente articulado del código penal, se le aplica el artículo 21 que mencionas en su apartado b.

    Soy componente de la agrupación de tráfico desde hace bastantes años y sé perfectamente de lo que hablo, y si a la hora de detener un vehículo por qué presumiblemente creo que está conduciendo bajo los efectos del alcohol, sometido el mismo a dicha prueba, su resultado es negativo, continuará la marcha, se le informa del motivo de la parada, y resolución del problema.

    El problema aquí que muchos quieren ver un problema donde no lo hay.

    Muchos se creen en la condición de su empleo y amparado en el mismo, creen presuponer que están por encima de la norma, y la norma, es para todos por igual, y si a mí se me aplica, yo la aplico también.

    ¿Puedo levantar la mano? Por supuesto. ¿Lo haría con un compañero o usuario normal? Por supuesto y depende de qué casos. Pero no dramaticemos ni busquemos resquicios por los que pretender escapar, por qué si el compañero ha colaborado para someterse a la prueba, perfectamente sabia a lo que se enfrentaba si no lo hacía de manera voluntaria, aunque sabía más que de sobra que el resultado iba a ser negativo.
    Hay un audio por ahi de un miembro de una asociación que explica la versión del GC, y parece ser éste preguntó a su Central lo que hacía, pero que como se demoró la respuesta sopló para evitar problemas, llegando posteriormente la orden de que no soplase, pero ya era tarde.

    El PF decía que el GC olía a alcohol, por eso le hace soplar, pero resulta que dá 0,0......

    Entiendo que el GC podría haber actuado de la misma forma y hacer soplar a los forales que conducian ¿no?

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