Se irían completando paulatinamente con las ofertas de promoción interna a Sargento (actual Cabo) con dotaciones de al menos 1.000 plazas anuales.
Hay que tener en cuenta que, en un primer momento, los puestos de trabajo de Sargento serían los que actualmente ocupan los actuales Cabos. Posteriormente, al ampliar plantillas, los nuevos puestos de Sargento irían en detrimento de los puestos de Guardia Civil, conforme la reposición natural de cada una de las plantillas. Es decir, donde haya un Guardia Civil destinado, ese no se mueve de allí hasta que no pida, y si lo hace y consigue nuevo destino, su vacante pasaría a ser de Sargento, en caso de serlo en el cupo asignado a tal empleo.
¿Que ocurre entonces con ese Guardia Civil, o mejor dicho Guardia Civil Primero (ahora me explico) que presta servicio teórico en puesto de trabajo de Sargento? Pues que además de abonar la "Jefatura de Patrulla o Subgrupo" se contabilizaría para el ascenso a Guardia Civil Mayor, como así lo harían los días de sucesión y sustitución del mando.
Hay que tener en cuenta que el Guardia Civil Primero B17, consolidaría mediante el ascenso, el empleo de Guardia Civil Mayor B19, pasando de ser una distinción a un empleo por ascenso por clasificación.
Quiero comentar que en una de las propuesta de divisas que originalmente realicé, otorgaba al Guardia Civil Primero la divisa que porta actualmente el Cabo Primero, y al Guardia Civil Mayor debería asignársele la que porta también el Cabo Mayor.
¿Y cuando se obtiene el empleo de Guardia Primero o Guardia Civil Primero? Al obtener el primer empleo de la Escala, dado que anteriormente el alumno poseía el empleo de Guardia Civil con carácter eventual.
En esta sugerencia, al menos dos de los tres empleos de los centros docentes de formación, serían con carácter eventual; así al Guardia Civil y al Alférez con carácter eventual, les seguirían los empleos de Guardia Civil Primero y Teniente respectivamente.
Para los Sargentos, también se distinguiría el ascenso por clasificación objetiva con motivo del ejercicio del mando efectivo de una Unidad o Servicio, la sucesión y la sustitución de su titular, con el ascenso desde el B20 hasta el B22 con el empleo de Sargento Primero.
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