7.7 La prueba psicotécnica se valorará de cero (0) a treinta (30) puntos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los test aplicados según la base 6.1.2.a); para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de nueve (9) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.
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