Cita Iniciado por satrapas Ver mensaje
Te ha citado un Juez, si no vas a la Citacion ya sabes lo que acarrea, multa la primera vez que no vayas e incluso ponerte en busca y captura si vuelves a no ir.
Por supuesto la GC comunicará al Juzgado que ha contactado contigo y que no quieres recogerla, aunque deben ir a tu casa a entregarte la para que se haga formalmente y el Juzgado pueda ir contra ti en caso de no acudir, pero bueno, si no te pilla lejos la comandancia ve y la recoges, o pide que te la manden al puesto más cercano.

Te basas en que te han citado como Guardia y ya no lo eres, osea quieres que un procedimiento penal se posponga por una formalidad, puesto que quieres que te citen con tu DNI y entonces si vas, pero esque encima quieres que te lo notifiquen en tu domicilio y que te paguen el traslado cuando vayas al Juzgado.
Osea que por un lado quieres no ir porque ya no eres guardia pero por otro si pides que te paguen dietas o transporte, pero como guardia o como que? Porque como guardia no te lo van a pagar, y el Juzgado menos, te llama un Juez, asique o vas o ya sabes:
Articulo 175
5. La obligación, si la hubiere, de concurrir al primer llamamiento, bajo la multa de 200 a 5.000 euros o si fuese ya el segundo el que se hiciere, la de concurrir bajo apercibimiento de ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

Si te pilla lejos el Juzgado solicita videoconferencia, así no tienes que desplazarte, eso si, tendrás que ir al Juzgado de tu localidad o a tu comandancia.
No a ver, creo que no se me ha entendido o no me explique bien...
En ningún momento me niego a ir al juicio al contrario no tengo problemas. Solo digo que lo lógico o eso opino yo, es que al no tener TIP, no me citen como tal, sino con mi DNI ya que una vez en la sala de vistas, seré llamado por mi antiguo TIP y debería de entregarlo para que el Secretario Judicial, tomara nota del mismo y de mi asistencia, pero claro no tengo TIP y en el juzgado desconocen ni DNI por lo que no podre ser identificado plenamente... no se si me explico ahora.
Referente a las dietas lo digo porque normalmente acudía a los juicios en horario de servicio y trasladandome en el vehiculo oficial, cosa que ahora tendria que hacerlo por mis medios y no siempre dispongo de transporte, motivo por el que pregunto si tengo el derecho a solicitar la correspondiente dieta, ya que como bien dices la Guardia Civil no me va a facilitar ni transporte ni dietas ni nada porque ya no estoy en activo... pero para citarme por teléfono y querer que me desplace unos kilómetros para entregarme y hacerme firmar una citación si soy Guardia... como dices solo creo que han de citarme correctamente y es la Guardia Civil la que ha de notificar esa situación al Juzgado, creo.
Pero que en ningún momento me niego a asistir a juicio alguno, lo que no quiero es tener problemas después al serme requerida la TIP y me hagan hacer un viaje en balde ya que como casi siempre suele pasar en la Guardia Civil... ellos no saben nada.
Me baso en que me citan como GUARDIA CIVIL EN ACTIVO CON TIP Y NO ES ASÍ