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  1. #1

    Asistencia a Juicio encontrandose retirado.

    Buenas tardes, he perdido mi anterior nick al no recordar la contraseña ni el correo exacto y me he tenido que volver a registrar.-
    Tengo la siguiente duda:
    Me encuentro retirado por enfermedad desde 2016 y hoy he recibido llamada de la Comandancia de la unidad donde me encontraba destinado donde me indican que tengo una citación judicial por unas diligencias en las que me vi implicado justo unos meses antes de pasar a retiro. Bien la cuestión es que estoy citado con mi antiguo TIP y como Guardia Civil y me han dicho que me tengo que desplazar a la comandancia a firmar la citación para que quede enterado de dicha citación judicial. Bien la citación es como testigo como habitualmente solemos ir y me pregunta es si no deberían dar cuenta al Juzgado de mi situación actual (retirado) y que la misma venga con mi DNI (ya que la TIP la entregue cuando me fue requerida) y se haga en mi domicilio, no teniendo que desplazarme yo a la Comandancia, al no encontrarme en activo y no teniendo que citarme por medio de mi antigua Unidad de destino o de la Comandancia???
    Igualmente una vez que sea citado de la forma que sea, puedo solicitar me sea abonado el trasporte o las dietas que sean para la asistencia a dicho juicio?
    Espero alguien me pueda resolver estas dudas, pidiendo disculpas si este no es el foro mas indicado para estas cuestiones.-
    Gracias por la ayuda que me podais ofrecer.-

  2. #2
    Te ha citado un Juez, si no vas a la Citacion ya sabes lo que acarrea, multa la primera vez que no vayas e incluso ponerte en busca y captura si vuelves a no ir.
    Por supuesto la GC comunicará al Juzgado que ha contactado contigo y que no quieres recogerla, aunque deben ir a tu casa a entregarte la para que se haga formalmente y el Juzgado pueda ir contra ti en caso de no acudir, pero bueno, si no te pilla lejos la comandancia ve y la recoges, o pide que te la manden al puesto más cercano.

    Te basas en que te han citado como Guardia y ya no lo eres, osea quieres que un procedimiento penal se posponga por una formalidad, puesto que quieres que te citen con tu DNI y entonces si vas, pero esque encima quieres que te lo notifiquen en tu domicilio y que te paguen el traslado cuando vayas al Juzgado.
    Osea que por un lado quieres no ir porque ya no eres guardia pero por otro si pides que te paguen dietas o transporte, pero como guardia o como que? Porque como guardia no te lo van a pagar, y el Juzgado menos, te llama un Juez, asique o vas o ya sabes:
    Articulo 175
    5. La obligación, si la hubiere, de concurrir al primer llamamiento, bajo la multa de 200 a 5.000 euros o si fuese ya el segundo el que se hiciere, la de concurrir bajo apercibimiento de ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

    Si te pilla lejos el Juzgado solicita videoconferencia, así no tienes que desplazarte, eso si, tendrás que ir al Juzgado de tu localidad o a tu comandancia.

  3. #3
    Cita Iniciado por ROMPEDOR2 Ver mensaje
    Buenas tardes, he perdido mi anterior nick al no recordar la contraseña ni el correo exacto y me he tenido que volver a registrar.-
    Tengo la siguiente duda:
    Me encuentro retirado por enfermedad desde 2016 y hoy he recibido llamada de la Comandancia de la unidad donde me encontraba destinado donde me indican que tengo una citación judicial por unas diligencias en las que me vi implicado justo unos meses antes de pasar a retiro. Bien la cuestión es que estoy citado con mi antiguo TIP y como Guardia Civil y me han dicho que me tengo que desplazar a la comandancia a firmar la citación para que quede enterado de dicha citación judicial. Bien la citación es como testigo como habitualmente solemos ir y me pregunta es si no deberían dar cuenta al Juzgado de mi situación actual (retirado) y que la misma venga con mi DNI (ya que la TIP la entregue cuando me fue requerida) y se haga en mi domicilio, no teniendo que desplazarme yo a la Comandancia, al no encontrarme en activo y no teniendo que citarme por medio de mi antigua Unidad de destino o de la Comandancia???
    Igualmente una vez que sea citado de la forma que sea, puedo solicitar me sea abonado el trasporte o las dietas que sean para la asistencia a dicho juicio?
    Espero alguien me pueda resolver estas dudas, pidiendo disculpas si este no es el foro mas indicado para estas cuestiones.-
    Gracias por la ayuda que me podais ofrecer.-

    En función de la fecha de la citación ( pronto o con margen de tiempo) puede hacer:

    a) Que la Unidad que ha recibido la citación la envié al Juzgado que le cita informando que actualmente esta en situación de retiro, que informe en el escrito que su TIP XXXX corresponde con su DNI actual y su nombre y el domicilio donde desee que se le envié la citación.

    b) De esa manera al ser citado por el Juzgado como Guardia Civil retirado puede reclamar al Juzgado los gastos de asistencia al Juicio ya que la Guardia Civil no le va a abonar nada.

    c) A su vez en función de la distancia o el desplazamiento que tenga que realizar puede solicitar asistir al juicio mediante videoconferencia en el Juzgado más próximo a su domicilio.


    Si no hay margen en la citación, puede recibirla y escribir al Juzgado informando de que ya no esta en activo y que va a asistir sin poder aportar el TIP ya que se identificará con su DNI.

    También puede optar si su presencia no es totalmente necesaria pedir que sea eximido de asistir al Juicio.
    Última edición por nevada; 06/06/2019 a las 21:37

  4. #4
    Tal cual lo expone Nevada, no hay mas.

  5. #5
    Cita Iniciado por satrapas Ver mensaje
    Te ha citado un Juez, si no vas a la Citacion ya sabes lo que acarrea, multa la primera vez que no vayas e incluso ponerte en busca y captura si vuelves a no ir.
    Por supuesto la GC comunicará al Juzgado que ha contactado contigo y que no quieres recogerla, aunque deben ir a tu casa a entregarte la para que se haga formalmente y el Juzgado pueda ir contra ti en caso de no acudir, pero bueno, si no te pilla lejos la comandancia ve y la recoges, o pide que te la manden al puesto más cercano.

    Te basas en que te han citado como Guardia y ya no lo eres, osea quieres que un procedimiento penal se posponga por una formalidad, puesto que quieres que te citen con tu DNI y entonces si vas, pero esque encima quieres que te lo notifiquen en tu domicilio y que te paguen el traslado cuando vayas al Juzgado.
    Osea que por un lado quieres no ir porque ya no eres guardia pero por otro si pides que te paguen dietas o transporte, pero como guardia o como que? Porque como guardia no te lo van a pagar, y el Juzgado menos, te llama un Juez, asique o vas o ya sabes:
    Articulo 175
    5. La obligación, si la hubiere, de concurrir al primer llamamiento, bajo la multa de 200 a 5.000 euros o si fuese ya el segundo el que se hiciere, la de concurrir bajo apercibimiento de ser perseguido como reo del delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal.

    Si te pilla lejos el Juzgado solicita videoconferencia, así no tienes que desplazarte, eso si, tendrás que ir al Juzgado de tu localidad o a tu comandancia.
    No a ver, creo que no se me ha entendido o no me explique bien...
    En ningún momento me niego a ir al juicio al contrario no tengo problemas. Solo digo que lo lógico o eso opino yo, es que al no tener TIP, no me citen como tal, sino con mi DNI ya que una vez en la sala de vistas, seré llamado por mi antiguo TIP y debería de entregarlo para que el Secretario Judicial, tomara nota del mismo y de mi asistencia, pero claro no tengo TIP y en el juzgado desconocen ni DNI por lo que no podre ser identificado plenamente... no se si me explico ahora.
    Referente a las dietas lo digo porque normalmente acudía a los juicios en horario de servicio y trasladandome en el vehiculo oficial, cosa que ahora tendria que hacerlo por mis medios y no siempre dispongo de transporte, motivo por el que pregunto si tengo el derecho a solicitar la correspondiente dieta, ya que como bien dices la Guardia Civil no me va a facilitar ni transporte ni dietas ni nada porque ya no estoy en activo... pero para citarme por teléfono y querer que me desplace unos kilómetros para entregarme y hacerme firmar una citación si soy Guardia... como dices solo creo que han de citarme correctamente y es la Guardia Civil la que ha de notificar esa situación al Juzgado, creo.
    Pero que en ningún momento me niego a asistir a juicio alguno, lo que no quiero es tener problemas después al serme requerida la TIP y me hagan hacer un viaje en balde ya que como casi siempre suele pasar en la Guardia Civil... ellos no saben nada.
    Me baso en que me citan como GUARDIA CIVIL EN ACTIVO CON TIP Y NO ES ASÍ

  6. #6
    Cita Iniciado por nevada Ver mensaje
    En función de la fecha de la citación ( pronto o con margen de tiempo) puede hacer:

    a) Que la Unidad que ha recibido la citación la envié al Juzgado que le cita informando que actualmente esta en situación de retiro, que informe en el escrito que su TIP XXXX corresponde con su DNI actual y su nombre y el domicilio donde desee que se le envié la citación.

    b) De esa manera al ser citado por el Juzgado como Guardia Civil retirado puede reclamar al Juzgado los gastos de asistencia al Juicio ya que la Guardia Civil no le va a abonar nada.

    c) A su vez en función de la distancia o el desplazamiento que tenga que realizar puede solicitar asistir al juicio mediante videoconferencia en el Juzgado más próximo a su domicilio.


    Si no hay margen en la citación, puede recibirla y escribir al Juzgado informando de que ya no esta en activo y que va a asistir sin poder aportar el TIP ya que se identificará con su DNI.

    También puede optar si su presencia no es totalmente necesaria pedir que sea eximido de asistir al Juicio.
    Muchas gracias, esa era la informacion que pretendía ... le estoy muy agradecido.-

  7. #7
    Cita Iniciado por ROMPEDOR2 Ver mensaje
    Muchas gracias, esa era la informacion que pretendía ... le estoy muy agradecido.-

    Un placer.

    Le amplio información:

    Puede perfectamente recibir la notificación de la Unidad donde estaba, cuando firme la misma puede hacer constar su actual domicilio si lo desea y su DNI.

    Asi se evitan demoras y posibles perdidas de las citaciones.

    Cuando hay un TIP en Diligencias los Juzgados remiten citaciones por conducto de la GC y puede que no lo hagan directamente a su domicilio porque les complica el tema.

    Ahora la asistencia a Juicio:

    Puede ir personalmente donde se identificará con la citación y su DNI, pero constaran en el Juzgado que es el GC con TIP tal ( la situación administrativa actual no les afecta)

    Puede pedir si es un desplazamiento prestar manifestación por videoconferencia tanto por la Guardia Civil como por otro juzgado.

    Y si le generan gastos ya si lo que debe reclamar con el Juzgado que le cita.

    Ya informará de como se resuelve el tema

    Saludos.

  8. #8
    Cita Iniciado por nevada Ver mensaje
    Un placer.

    Le amplio información:

    Puede perfectamente recibir la notificación de la Unidad donde estaba, cuando firme la misma puede hacer constar su actual domicilio si lo desea y su DNI.

    Asi se evitan demoras y posibles perdidas de las citaciones.

    Cuando hay un TIP en Diligencias los Juzgados remiten citaciones por conducto de la GC y puede que no lo hagan directamente a su domicilio porque les complica el tema.

    Ahora la asistencia a Juicio:

    Puede ir personalmente donde se identificará con la citación y su DNI, pero constaran en el Juzgado que es el GC con TIP tal ( la situación administrativa actual no les afecta)

    Puede pedir si es un desplazamiento prestar manifestación por videoconferencia tanto por la Guardia Civil como por otro juzgado.

    Y si le generan gastos ya si lo que debe reclamar con el Juzgado que le cita.

    Ya informará de como se resuelve el tema

    Saludos.
    Falta una posibilidad más:

    Sí por lo que sea deseas que se siga manteniendo su privacidad puede solicitar a la Comandancia que le expida un certificado, a los únicos efectos de este juicio, haciendo constar que el número de TIP tal corresponde con el DNI cuál . Asi, en todo momento el Juzgado se dirigirá a Ud. por el número de TIP
    Este mismo caso se da cuando pides una excedencia y, por consiguiente, te retiran la TIP.
    Última edición por gcverde; 07/06/2019 a las 19:10

  9. #9
    Cita Iniciado por gcverde Ver mensaje
    Falta una posibilidad más:

    Sí por lo que sea deseas que se siga manteniendo su privacidad puede solicitar a la Comandancia que le expida un certificado, a los únicos efectos de este juicio, haciendo constar que el número de TIP tal corresponde con el DNI cuál . Asi, en todo momento el Juzgado se dirigirá a Ud. por el número de TIP
    Este mismo caso se da cuando pides una excedencia y, por consiguiente, te retiran la TIP.

    Muy cierto.

    Yo desde luego recomiendo que no conste en el Juzgado ni el DNI, ni el domicilio ni el nombre de quien pueda ser citado una vez en cualquier situación que no sea activo.

    Mas que nada porque si nos reservamos la identidad cuando estamos en activo, cuando instruimos diligencias no hay ningún motivo de que se conozca quien somos, porque el juicio de puede anular y las partes pueden tener al final los datos personales o antes de celebrarse el mismo y hay muchos temas donde se ha podido instruir que mejor no sepan nada de nosotros.

    Si consta siempre solo el TIP en el Juzgado cuando citen a un GC que ya esta retirado, en excedencia o en cualquier situación aparte de activo, ese Guardia civil estará encuadrado en una Comandancia y quien reciba la notificación con solo consultar el TIP va a saber a donde redirigir la citación.

  10. #10
    Cita Iniciado por nevada Ver mensaje
    Muy cierto.

    Yo desde luego recomiendo que no conste en el Juzgado ni el DNI, ni el domicilio ni el nombre de quien pueda ser citado una vez en cualquier situación que no sea activo.

    Mas que nada porque si nos reservamos la identidad cuando estamos en activo, cuando instruimos diligencias no hay ningún motivo de que se conozca quien somos, porque el juicio de puede anular y las partes pueden tener al final los datos personales o antes de celebrarse el mismo y hay muchos temas donde se ha podido instruir que mejor no sepan nada de nosotros.

    Si consta siempre solo el TIP en el Juzgado cuando citen a un GC que ya esta retirado, en excedencia o en cualquier situación aparte de activo, ese Guardia civil estará encuadrado en una Comandancia y quien reciba la notificación con solo consultar el TIP va a saber a donde redirigir la citación.
    llevo retirado por enfermedad dos años y medio, y estoy ya cansado de tener que ir a juicios, a cientos de kilómetros de mi casa y aun al día de hoy, me deben un pastón por dichos gastos, de hecho he tenido que poner una reclamación.
    Cansado de tener que abonar desplazamientos hoteles, etc. no voy a asistir a la próxima que tengo, puesto que citan a un TIP que no ya no tengo, por lo que no iré ni a recoger la citación.
    No creo que el Juzgado me haga nada por ser citado con un TIP que no es mío, ya que la DG, tiene muchas prisas por retirarnos las TIP sin entrar a valorar los distintos perjuicios que dicha retirada puede ocasionar en los distintos procedimientos sin cerrar, y en los que está involucrado el poseedor de dicho TIP., en Policía Nacional no pasa, puesto que se retiran con su TIP Y PLACA, pero claro la Guardia Civil es distinta.
    Si una persona se persona en sede Judicial con un TIP que no puede acreditar, no podrá pasar a sala es más pudiera incurrir en un ilicitico penal del artículo 402 "El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.".

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