R. D. 470/2019, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil.
Artículo 41. Comisiones de servicio con ocupación temporal de un puesto de trabajo
c) Incorporación temporal a puestos orgánicos de determinadas unidades, como parte del proceso para comprobar las especiales condiciones de confianza e idoneidad requeridas para la asignación de destinos clasificados de libre designación.
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