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  1. #4
    Cita Iniciado por cuco1966 Ver mensaje
    Buenas. ¿Dónde está regulado que los oficiales de la Guardia Civil pueden portar su arma particular?
    Gracias.
    Antiguamente los Oficiales del Cuerpo debían adquirir su propia arma corta ya que no recibían ninguna de dotación.

    Varias normas impusieron el uso de los modelos actuales (Beretta 92FS y H&K USP) como de "necesaria uniformidad" (Orden PRE/703/2002), restringiendo la autorización de otros modelos de armas cortas para el servicio a aquellas con un calibre igual o superior a 9mm, que puede ser solicitada por Oficiales y Suboficiales.

    En cuanto a dotación oficial de munición únicamente se abastece de los calibres habituales (9Pb, 9mm corto, .38SP y en ocasiones .357) en las cantidades anuales previstas por el SAEP.
    Última edición por zipp5905; 22/06/2019 a las 17:47

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