.[quote user="Disidente" post="807537"]Vaya rollo.... O yo entiendo muy mal o comprendo que si estás mas de 21 días de baja cobras todo sin ningún descuento, y eso aunque estés 1 año o 2 años de baja. Pero de esta manera no comprendo lo que quieren evitar ya que el abstencionista de la lumbalgia (por ejemplo), se tira 25 o 30 días de baja en vez de 10 y asunto solucionado y lo mismo el que esté con otro tipo de baja de 1 año o mas de duración.

¿Estoy en lo cierto o el cálculo no es así?

Saludos.[/quote]


Ejemplo de como se obtiene la prestación de I.Tamente. Tened en cuenta que la base reguladora es menor que el sueldo y por eso se pierde.Ejemplo de como se calcula lo que te queda por Incapacidad temporal.ESTO ES LO QUE SE APLICA EN EL SECTOR PRIVADO Y SEGÚN CONVENIO.

Tal como está el panorama, creo que va a ser similar a lo que nos quieren hacer a nosotros.

Para el cálculo de la prestación no importa el salario bruto o neto que cobres, sino la base de cotización por contingencias comunes, aunque suele coincidir o ser aproximada no siempre es así. Mira en la nómina, donde está lo que te descuentan para la Seguridad social, que tiene que poner “base de cotización por contingencias comunes” o la abreviatura BC CC. Esa es la cantidad a tener en cuenta. (En nuestra nómina GC, lo denominan de otra forma; habría que hallar la Base Reguladora (Sueldo base, trienios y algún concepto más y a través de una fórmula se sabe cual es tu BR)

Explicación de los pasos a seguii en el sector privado para su cálculo y se pone como ejemplo la cantidad de 1300 euros, (partiendo de que el salario es mensual y de que la baja es por enfermedad común).

a)Se divide la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del inicio de la incapacidad temporal por 30. (ej. 1300/30=43,33 €, sería tu base reguladora diaria)

b) Al resultado anterior se le aplica un porcentaje según los días que lleves de baja, teniendo en cuenta que los 3 primeros días no se pagan salvo que ponga que sí tu convenio, así:
-3 primeros días no se pagan ( Para los funcioanrios 50%, según R.D aprobado)
- del día 4º al 20 se paga el 60% de la base reguladora (43,33x60%=25,99€ día)
-del 21º en adelante el 75% de la base reguladora (43,33x75%=32,49€). (Para los funcionarios el 100%)

Ahora se hacen los cálculos según el tiempo que estés de baja, descuentas los 3 primeros días, los siguientes 17 días los multiplica por 25,99, y todos los días del 21 en adelante por 32,49. Sumas y tienes la cantidad, pero ten en cuenta que de esta te deducen como en la nómina.
Si realmente tienes una base de cotización de 1300 y estuviste 30 días de baja cobras sobre 875 euros menos las deducciones que te hagan.

Si se continúa de baja durante vario meses, también se va perdiendo, si seguimos este ejemplo, quizás cobraría unos 1000 euros aproximadamente. Tened en cuenta que para saber lo que se va a cobrar en I.T. se utiliza la Base reguladora, que siempre es mucho menor que el sueldo (nosotros tenemos muchos complementos y esto afectaría negativamente a la hora de obtener la Base Reguladora); por consiguiente siempre cobraría mucho menos que estando de alta.