[quote user="kasmania" post="807698"]Para todos aquellos que os suergen dudas, espero aclararos un poco el tema:

1.- Aquellos que a la entrada en vigor de este Real Decreto se encuentren de BAJA, NO LES AFECTA. Los que os encontreis en esa situación antes del 15/7/2012 NO SE OS DESCUENTA NADA.

2.- Para calcular la base reguladora, es decir, lo que cobras por dia trabajado para desontarte lo proporcional, se utilizan TODOS LOS CONCEPTOS, es decir, Salario base, trienios, complementos.(S. Base+Trienios+vestuario+Complementos (especif., sing. General)

3.- SIEMPRE TE DESCONTARAN ALGO SI TE DAS DE BAJA, ya sea 1 día, o 50 días. La única diferencia será que a partir del día 21 no computa para descontar dinero, pero si te das de baja 24 días, SE TE APLICARAN LOS DESCUENTOS EN LA NOMINA DE LOS 21 Primeros días.

Cualquier duda podeis preguntar. Espero haberos aclarado.

EJEMPLO PRACTICO:
Pongamos que la base reguladora de que habla es de 50 Euros (1500 Euros de nómina, divididos en 30 dias del mes, redondeando vamos)
Los 3 primeros días se te descontarían 75 Euros, a razón de 25 Euros diarios. ( El 50 % de 50 Euros = 25 Euros X 3 dias = 75 Euros)
A partir del día 4 de baja, hasta el día 20 se te descontarían 12,50 Euros diarios de la nómina ( El 25 % de 50 Euros = 12,5 Euros)
A partir del 21 no se te descuenta nada.

POR LO QUE SI ESTAS 25 dias de baja se te descontaria de la nomina lo siguiente:
-75 Euros por los 3 primeros días
-212,50 Euros por los días 4 al 20
-0 Euros por los dias 21 al 25.

RESUMIENDO: 25 días de baja equivaldrían a una bajada de nómina de 287,50 Euros[/quote]

La duda está en la base reguladora, que supongo que será del bruto de la nómina y no del neto, igual que pasa con los correctivos, que cada día de haberes sale a casi 80€.