Yo entiendo que a mediados de octubre.
[quote user="cienfuegos66" post="807883"][quote user="ARNIRUIZ" post="807826"][quote user="kafele" post="807747"]Disposición final decimoctava: Incapacidad temporal en la administración de Estado.
3º. La presente disposición surtirá efectos en los procesos de incapacidad temporal
que tengan inicio transcurridos tres meses desde la entrada en vigor de esta norma.
Si bien es cierto que la disposición perteneciente a la Guardia Civil "Disposición adicional sexta" no se hace referencia a este apartado que al resto de funcionarios y personal laboral de le es de aplicación, sería contrario al propio Real Decreto ya que en este diposición se dice:
1. Las disposiciones de carácter general que, para los miembros de las Fuerzas
Armadas y de la Guardia Civil, regulan las materias contenidas en el título I deberán
entenderse modificadas en los términos establecidos en esta disposición legal.
Ante lo anteriormente expuesto considero que la entrada en vigor de esta modificación de incapacidad temporal tendrá efectos a partir de esos tres meses. Es lo que entiendo en mi modesta opinión. Si alguien tuviese otro punto de vista por favor coméntelo, ya que es posible que esté equivocado.[/quote]
Creo que tienes razon y estas reducciones por baja entraria en vigor a los 3 meses, es decir, el 15 de octubre de 2012.
Bien visto. Si alguin lo entiende de otra forma que lo exponga.[/quote]
Entonces cuando entra en vigor ?
Si me doy de baja por ejemplo hoy me afecta?[/quote]
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