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  1. #1

    Temario 2020

    Buenos días se sabe algo del desarrollo de los temas que entran para 2020 ya quepo ejemplo pone igualdad riegos laborales pero no encuentro donde especifica que ley decretos y demás entran

  2. #2
    Tienen de límite hasta nueve meses antes de examen, es decir, más o menos en octubre. De momento no han especificado nada.

    Esto es lo único que se sabe:


    1. Derechos Humanos.
    2. Igualdad.
    3. Prevención de Riesgos Laborales.
    4. Derecho Constitucional.
    5. Derecho de la Unión Europea.
    6. Instituciones Internacionales.
    7. Derecho Civil.
    8. Derecho Penal.
    9. Derecho Procesal Penal.
    10. Derecho Administrativo.
    11. Protección de Datos.
    12. Extranjería. Inmigración.
    13. Seguridad Pública y Seguridad Privada.
    14. Ministerio del Interior. Ministerio de Defensa.
    15. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
    16. Guardia Civil.
    17. Protección Civil. (Materias Socio-Culturales)
    18. Desarrollo Sostenible. (Materias Socio-Culturales)
    19. Eficiencia Energética. (Materias Socio-Culturales)
    20. Tecnologías de la Información y la Comunicación. (Materias Técnico-Científicas)
    21. Estadística. (Materias Técnico-Científicas)

  3. #3
    "Tras la entrada en vigor de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que seaprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en loscentros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de laGuardia Civil se define un nuevo temario sobre el que se elaborarán los cuestionarios de laspruebas de conocimientos teóricos o teórico-prácticos y que desarrollarán, al menos, los ámbitosde conocimiento que figuran en el anexo II de la citada Orden.......
    Por todo ello, se viene a determinar por primera vez, tras la publicación de la OrdenPCI/155/2019, el temario de las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso enlos centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de laGuardia Civil en el Anexo I de la presente resolución."
    Mi pregunta es, ¿si en el Anexo , no aparece ni Geografía, historia, matemáticas, física, química, etc, para que lo piden ahora?
    Que cambien las condiciones de ingreso y que pidan Bachiller de una vez.

  4. #4
    Guardia Civil
    Fecha de ingreso
    19 sep, 14
    Ubicación
    Murcia
    Mensajes
    46
    Empezamos todos de cero o casi cero.... Bastante denso por lo que veo...

  5. #5
    Es una locura esa temario.
    Yo me esperaba una ampliación, que incluyan como han hecho, igualdad, extranjería, ley de seguridad ciudadana etc
    Pero este temario es sin exagerar 3 veces mas extenso..
    Si la constitución antes eran 7 temas de los 25, como puede ahora ser el epígrafe 1 del tema 4...
    No sé si esto será oficial, o una especie de borrador sobre el que desarrollarán los temas que se exijan.
    Pero si entra todo eso que pone en la resolución de 26 de junio, no me encaja para una oposición tipo "c", creo que es una barbaridad.
    Y meter leyes lo entiendo, pero historia literatura geografía física...
    Se acabarán presentando los "Lobos" (los del programa)

  6. #6
    Guardia Civil Alumno
    Fecha de ingreso
    31 jul, 15
    Ubicación
    San Fernando
    Mensajes
    15
    Que mala pinta tiene el temario no? Física. Matemática... Habrá que ir con calculadora al examen? Cómo se complican la vida

  7. #7
    De locos. Es una vergüenza. Nunca he criticado que pongan más temas o que los cambien, pero que hagan esta chapuza...

    Si algo tenía bueno la GC era el proceso selectivo, a años luz del de la PN, pero hasta eso se están cargando.

  8. #8
    Bueno, cultura general siempre ha habido. Y ahora la amplían. No me parece mal. Esto se traducirá en agentes más preparados, ahora solo hay q poner el sueldo acorde a la preparación.

  9. #9
    hola, no se si este es el hilo adecuado, bueno es el que yo he encontrado mejor. tengo una duda del tema de protección civil. en el articulo 7 bis de la citada ley en su apartado 2 dice que no se indemnizara por las prestaciones personales a las que cualquier mayor de 14 años pueda ser requerido en los casos de emergencia, y sin embargo en el articulo 24 de la misma ley en su apartado c dice que entre otras medidas se podrán adoptar ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes cuando se declare una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

    Lo unico que ve que pueda diferir que en el primer caso se refiere a indemnización económica y en el segundo a ayudas de otro tipo. Alguno sabria aclararme la duda ?

  10. #10
    Cita Iniciado por cuartelero Ver mensaje
    hola, no se si este es el hilo adecuado, bueno es el que yo he encontrado mejor. tengo una duda del tema de protección civil. en el articulo 7 bis de la citada ley en su apartado 2 dice que no se indemnizara por las prestaciones personales a las que cualquier mayor de 14 años pueda ser requerido en los casos de emergencia, y sin embargo en el articulo 24 de la misma ley en su apartado c dice que entre otras medidas se podrán adoptar ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes cuando se declare una zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

    Lo unico que ve que pueda diferir que en el primer caso se refiere a indemnización económica y en el segundo a ayudas de otro tipo. Alguno sabria aclararme la duda ?



    Hola, creo que en ningún caso pone mayor de 14 años sino en la mayoría de edad, en España 18 sino estoy equivocado y en el apartado 3 del articulo 7 bis te dice que serán indemnizados si han sido perudicados en sus bienes y servicios según las leyes. Osea que en ese caso si hay indemnización por prestaciones personales. Y el Art 24 dice que PODRÁ poner esa medida por el Consejo de Ministros pero en ningun caso te lo asegura entonces entiendo que aunque no seas perjucicado en algunos casos cuando se adopte la zona grave afectada puede que tambien puedas recibir algun tipo de indemnización según se den las circunstancias pero como ya te digo la medida del art 24 no es obligatoria.

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