“Si dicho personal ocupara un destino con requisito de una cualificación profesional que tenga vinculado el cumplimiento de una servidumbre, tendrá igualmente derecho preferente con carácter absoluto para ocupar cualquier destino de provisión o concurso de méritos para los que se exijan los mismos requisitos de acceso”
A ese párrafo me refería.
Preferente absoluto para vacantes de méritos. Si la especialidad desaparece de la Comunidad Foral, ¿para donde es ese preferente absoluto?
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