Convocatoria 2019:
2.1.7 No superar durante el año 2019 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2019 la edad de 41 años.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-2019-7233
Para 2020 supongo será lo mismo, cambiando 2019 por 2020...
Marcadores