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  1. #221

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    Si, dado las medidas que han tomado con la Guardia Civil, que nos han jodido por los cuatro costados, la supresion de la paga extra de navidad, no me gusta, pero lo entiendo, ya que el pais está sin un p...t. duro, pero la supresion de dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, y ante esto tenemos que mostrar rechazo, y la mejor manera es trabajar a reglamento, es decir, hacer únicamente las incidencias que nos requieran los ciudadanos, no poner nada de nuestra cosecha, es lamentable lo que estoy diciendo pero es así, que vean que somos de carne y hueso y que las cosas nos duelen como a todo el mundo.

    Un saludo a todos los compañeros y a ver las asociaciones si luchan por recuperar al menos lo que antes teníamos.

  2. #222

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="follonero1" post="813849"]Si, dado las medidas que han tomado con la Guardia Civil, que nos han jodido por los cuatro costados, la supresion de la paga extra de navidad, no me gusta, pero lo entiendo, ya que el pais está sin un p...t. duro, pero la supresion de dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, y ante esto tenemos que mostrar rechazo, y la mejor manera es trabajar a reglamento, es decir, hacer únicamente las incidencias que nos requieran los ciudadanos, no poner nada de nuestra cosecha, es lamentable lo que estoy diciendo pero es así, que vean que somos de carne y hueso y que las cosas nos duelen como a todo el mundo.

    Un saludo a todos los compañeros y a ver las asociaciones si luchan por recuperar al menos lo que antes teníamos.[/quote]

    Espero que te hayas colado con lo de SS y Navidad xq no he leido en ningun lado que nos lo quiten. :salu:

  3. #223

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="jonh cobra" post="812460"]pero que decis??? de 1 a 3 dias de baja, te quitan el 50% de esos tres dias, como te van a quitar el 50% del sueldo entero por faltar 3 dias???? y si faltas solo 1 tambien te quitan el 50% del sueldo del mes, no digais barbaridades.................

    1 a 3 dias 50 % de esos tres dias

    4 a 20 el 25% de esos 20 dias

    21 al 90 no te quitan nada...........

    91 ,,,,,,,,, subsidio

    conclusion si palmais mas de 20 dias ya quedaros 2 meses y tres semanas[/quote]
    es así si señor....

    un saludo y muchas gracias por tu comentario.

  4. #224

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="follonero1" post="813849"]Si, dado las medidas que han tomado con la Guardia Civil, que nos han jodido por los cuatro costados, la supresion de la paga extra de navidad, no me gusta, pero lo entiendo, ya que el pais está sin un p...t. duro, pero la supresion de dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, y ante esto tenemos que mostrar rechazo, y la mejor manera es trabajar a reglamento, es decir, hacer únicamente las incidencias que nos requieran los ciudadanos, no poner nada de nuestra cosecha, es lamentable lo que estoy diciendo pero es así, que vean que somos de carne y hueso y que las cosas nos duelen como a todo el mundo.

    Un saludo a todos los compañeros y a ver las asociaciones si luchan por recuperar al menos lo que antes teníamos.[/quote]

    yo tampoco entiendo que nos suprimieran dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, sin duda aún no entiendo como muchos de nuestros compañeros están denunciando a saco...

  5. #225

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    :altoi: [quote user="red-cap" post="813887"][quote user="follonero1" post="813849"]Si, dado las medidas que han tomado con la Guardia Civil, que nos han jodido por los cuatro costados, la supresion de la paga extra de navidad, no me gusta, pero lo entiendo, ya que el pais está sin un p...t. duro, pero la supresion de dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, y ante esto tenemos que mostrar rechazo, y la mejor manera es trabajar a reglamento, es decir, hacer únicamente las incidencias que nos requieran los ciudadanos, no poner nada de nuestra cosecha, es lamentable lo que estoy diciendo pero es así, que vean que somos de carne y hueso y que las cosas nos duelen como a todo el mundo.

    Un saludo a todos los compañeros y a ver las asociaciones si luchan por recuperar al menos lo que antes teníamos.[/quote]

    Espero que te hayas colado con lo de SS y Navidad xq no he leido en ningun lado que nos lo quiten. :salu:[/quote]

    :altoi: me queda la duda de Semana Santa y Navidad....

  6. #226

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="resua" post="813903"]:altoi: [quote user="red-cap" post="813887"][quote user="follonero1" post="813849"]Si, dado las medidas que han tomado con la Guardia Civil, que nos han jodido por los cuatro costados, la supresion de la paga extra de navidad, no me gusta, pero lo entiendo, ya que el pais está sin un p...t. duro, pero la supresion de dias de asuntos particulares, vacaciones, permiso navidad y semana santa, eso es dar por culo a toda la Guardia Civil, y ante esto tenemos que mostrar rechazo, y la mejor manera es trabajar a reglamento, es decir, hacer únicamente las incidencias que nos requieran los ciudadanos, no poner nada de nuestra cosecha, es lamentable lo que estoy diciendo pero es así, que vean que somos de carne y hueso y que las cosas nos duelen como a todo el mundo.

    Un saludo a todos los compañeros y a ver las asociaciones si luchan por recuperar al menos lo que antes teníamos.[/quote]

    Espero que te hayas colado con lo de SS y Navidad xq no he leido en ningun lado que nos lo quiten. :salu:[/quote]

    :altoi: me queda la duda de Semana Santa y Navidad....[/quote]

    pues si después de los comunicados de augc, la prensa y este mismo foro todavía te queda esa duda..... No te preocupes, yo te la resuelvo: NO los han quitado

    xbridx

  7. #227

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    Pues nada, el día que este con resfriado me presento a trabajar y a la media hora " minuta" y para casita, esto seria una baja por enfermedad común en servicio, ¿no??

  8. #228

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    :spain: :altoi: XurgenX:-



    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
    Núm. 168 Sábado 14 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 50428



    [align=center]BOE Núm. 168 Sábado 14 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 50450[/align]



    desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

    3. Quienes estén adscritos a los regímenes especiales de seguridad social del mutualismo administrativo en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes,
    percibirán el cincuenta por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso,desde el primer al tercer día de la situación de incapacidad temporal, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la situación de incapacidad temporal.
    Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso.
    A partir del día vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, percibirán la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.

    Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

    A partir del día nonagésimo primero (91=Subsidio regimen especial), será de aplicación el subsidio establecido en cada régimen especial de acuerdo con su normativa.

  9. #229

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="Fraviala" post="814001"]:spain: :altoi: XurgenX:-



    [
    Disposición adicional sexta. Adecuación para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.
    1. Las disposiciones de carácter general que, para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, regulan las materias contenidas en el título I deberán entenderse modificadas en los términos establecidos en esta disposición legal.
    2. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil a los que se refiere el artículo 21 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, que padezcan insuficiencia temporal de condiciones psicofísicas para el servicio, percibirán el cincuenta por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso, desde el primer al tercer día de la insuficiencia, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse dicha insuficiencia. Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso. A partir del día vigésimo primero percibirán la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.Si la insuficiencia se hubiera producido en acto de servicio o como consecuencia de una hospitalización o intervención quirúrgica la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar, como máximo el 100% de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la insuficiencia.

  10. #230

    Re: Atencion, nueva ley de bajas para guardia civiles.-

    [quote user="Fraviala" post="814001"]:spain: :altoi: XurgenX:-



    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
    Núm. 168 Sábado 14 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 50428


    [align=center]BOE

    Núm. 168 Sábado 14 de julio de 2012 Sec. I. Pág. 50450[/align]



    desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

    3. Quienes estén adscritos a los regímenes especiales de seguridad social del mutualismo administrativo en situación de incapacidad temporal por contingencias comunes,
    percibirán el cincuenta por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso,desde el primer al tercer día de la situación de incapacidad temporal, tomando como referencia aquellas que percibían en el mes inmediato anterior al de causarse la situación de incapacidad temporal.
    Desde el día cuarto al vigésimo día, ambos inclusive, percibirán el setenta y cinco por ciento de las retribuciones tanto básicas como complementarias, como de la prestación de hijo a cargo, en su caso.
    A partir del día vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, percibirán la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.

    Cuando la situación de incapacidad temporal derive de contingencias profesionales, la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar como máximo el cien por cien de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la incapacidad.

    A partir del día nonagésimo primero (91=Subsidio regimen especial), será de aplicación el subsidio establecido en cada régimen especial de acuerdo con su normativa.[/quote]


    ¿A cuánto asciende o ascenderá el subsidio post-nonagésimo día?, lo pregunto por curiosidad, y porque más de uno echará cuentas de si le merece seguir de baja, o darse de alta y empezar un nuevo ciclo de 3 meses...

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