solo falta que nos quiten el uniforme nuevo y nos pongan el tricornio, las trinchas y la cartera de caminos.....
La aplicación es para Guardia civil, Fuerzas Armadas y resto de funcionarios en los que entra la P.Nacional.. pero ojo que hay una disposición transitoria en la que salimos medio bien, porque hace mención a las bajas desde el 21 días hasta el mes "3", que cobrarían la totalidad vamos 3l 100%, pero apartir del tercer mes vendrían a cobrar un subsidio establecido... este no se cual será pero esto de momento no nos afecta a nosotros...
Los porcentajes se calculan del bruto de la nomina anterior a la baja .. vamos que por los 3 primeros días de 110 a 130 pavos de baja..y apartir de ahí suma y sigue.. en tráfico aproximadamdente 6 días de baja casi 500 pavos...una locura...
También hace mención a los que a la entrada de la vigente reforma estén en la situación de Baja.. tendrán 15 días para la regulación de su situación y si persiste su enfermedad será de apliación dicha reforma...
NOS HAN JODIDO PERO BIEN......... Y ENCIMA AHORA SE PLANTEA LA RETIRADA DE LA PRODUCTIVIDADD..!!!
solo falta que nos quiten el uniforme nuevo y nos pongan el tricornio, las trinchas y la cartera de caminos.....
A ver, que es por días...
Si estás de baja 3 días cobras el 50% (pero de esos 3 días) = -75€
Si estás de baja 7 días cobras el 50% de los 3 primeros días y el 75% de los 4 siguientes días = (-75€) + (-50€) = -125€
Si estás de baja un mes, cobras el 50% de los 3 primeros días, el 75% de los 18 días siguientes y el 100% de los últimos 9 días = (-75€)+(-225)+(-0) = -300€
Es decir, para un sueldo de unos 1.500€, un mes de baja supone la pérdida de 300€ en retribuciones. (CÁLCULOS APROXIMADOS)
[quote user="josanpe" post="808112"][quote user="rosquillas1" post="808099"]yo entiendo que si estas entonces mas de 21 días de baja, cobras el 100 por cien, bueno pues habra que estar mas de 21 días y a tomar por culo pero creo que no sera asi, me cago en su. m[/quote]
entiendes mal, aunque estes mas de 21 dias de baja, perderas dinero, pues los primeros 4 dias te quitaran el 50% y los restantes hasta 21 te quitaran el 25%, despues del 21 ya no te quitan nada, pero los 20 inicales te dan un palo que te dejan temblando, ademas perderas la f2, vamos que como pille a los que apaludian van apañados.[/quote]
Explicado así, si que tiene sentido, me fastidia por la gente que está enferma de verdad, pero me alegro por la cantidad de getas y chupócteros que hay en todos sitios.
[quote user="HECTORYEUS" post="808192"]
También hace mención a los que a la entrada de la vigente reforma estén en la situación de Baja.. tendrán 15 días para la regulación de su situación y si persiste su enfermedad será de apliación dicha reforma...
NOS HAN JODIDO PERO BIEN......... Y ENCIMA AHORA SE PLANTEA LA RETIRADA DE LA PRODUCTIVIDADD..!!![/quote]
¿Donde dice eso? He estado revisando y al respecto sólo he encontrado esto:
Disposición transitoria primera.
Lo dispuesto en este Real Decreto-ley sobre vacaciones y días de asuntos particulares,
días adicionales a los días de libre disposición o de similar naturaleza, no impedirá que el
personal funcionario, estatutario y laboral disfrute los días correspondientes al año 2012,
conforme a la normativa vigente hasta la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
Igualmente, lo dispuesto en este Real Decreto-ley no será de aplicación a los
empleados públicos que a su entrada en vigor, se encuentren en la situación de
incapacidad temporal.
Entiendo que los que ya estén de baja ahora mismo no les afecta el R.D. ¿Es así?
La verdad es que esto es para volverse loco y encima cada uno lo interpretamos a nuestra manera, en fin....
Agradecería que según se van aportando cosas pusiésemos el texto en cuestión copiado del R.D. así los demás podemos buscarlo facilmente con el buscador ya que el R.D. es extenso.
Saludos.
[quote user="HECTORYEUS" post="808192"]La aplicación es para Guardia civil, Fuerzas Armadas y resto de funcionarios en los que entra la P.Nacional.. pero ojo que hay una disposición transitoria en la que salimos medio bien, porque hace mención a las bajas desde el 21 días hasta el mes "3", que cobrarían la totalidad vamos 3l 100%, pero apartir del tercer mes vendrían a cobrar un subsidio establecido... este no se cual será pero esto de momento no nos afecta a nosotros...
Los porcentajes se calculan del bruto de la nomina anterior a la baja .. vamos que por los 3 primeros días de 110 a 130 pavos de baja..y apartir de ahí suma y sigue.. en tráfico aproximadamdente 6 días de baja casi 500 pavos...una locura...
También hace mención a los que a la entrada de la vigente reforma estén en la situación de Baja.. tendrán 15 días para la regulación de su situación y si persiste su enfermedad será de apliación dicha reforma...
NOS HAN JODIDO PERO BIEN......... Y ENCIMA AHORA SE PLANTEA LA RETIRADA DE LA PRODUCTIVIDADD..!!![/quote]
No... eso de que los que se encuentren ya de baja tendrán 15 días para regularizar su situación no se refiere a bajas, si no a los que tienen asignadas pensiones o prestaciones... Lo que no está claro si ya ha entrado en vigor o entre en 3 meses como al resto de funcionarios.
Sobre la reducción de los portentajes se hacen sobre el bruto, lo dudo, ya el bruto no lo cobras. En teoría se debería hacer de las retribuciones netas. (Esto no lo puedo asegurar)
Y si tengo una gastrointeritis viral de esas durante tres dias, que hago? me pego 15 dias de baja para que no me quiten mas dinero o que?. No entiendo nada, que alguien me lo aclare.
alguien que nos expliciete la norma y asi nos quedamos con las ideas más claras................
salu2
A partir de ahora hay que tener mucho cuidado fuera del trabajo, porque:
Si te resfrias, te pegan o coges una gripe, pierdes 75€ (3 dias).
Si te doblas un tobillo, un esguinze o algo de este tipo, pierdes sobre 150€ (15 dias).
Si te fracturas algun hueso, pues 300€ (más de 20 dias).
Lo que no he entendido segun el BOE es que si estás hospitalizado sí cobras el 100% desde el primer día, no?
BOE textual:
"Si la insuficiencia se hubiera producido en acto de servicio o como consecuencia de una hospitalización o intervención quirúrgica la retribución a percibir podrá ser complementada, desde el primer día, hasta alcanzar, como máximo el 100% de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarse la insuficiencia."
No entiendo este parrafo muy bien.
y por 10 dias, cuanto se pierde ????
gracias por la explicación
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