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  1. #1

    PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    En el real decreto yo creo que deja ver que nos quitan dias de vacaciones por antiguedad porque dice que Se reducen los días de libre disposición. Además, se suprimen los días adicionales por antigüedad tanto en el caso de las vacaciones como en el de los días por asuntos particulares y se suspenden los pactos y acuerdos que contradigan estas disposiciones.Se homogeniza, asimismo, el régimen de permisos para todas las Administraciones Públicas lo que quiere decir que esos permisos dejaran de existir.

  2. #2

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    No eches mas leña al fuego y leetela bien anda.

  3. #3

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    [quote user="gattuso" post="808579"]No eches mas leña al fuego y leetela bien anda.[/quote]

    Yo lo he leido y tambien saco esa conclusión, así que a lo mejor debes leerlo con más detenimiento.
    Esto está en otro hilo de este foro:

    Según he podido leer y entender en el BOE esos días también los quitan:

    (RESUMIDO)
    Artículo 48.1. Permisos de los funcionarios públicos.
    Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
    - Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
    - Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día
    - Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
    - Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud
    - Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
    - Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo
    - Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados
    - Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años
    - Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado
    - Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal
    - Por asuntos particulares, tres días
    - Por matrimonio, quince días.

    (NO APARECEN LOS PERMISOS DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD)

    Y esto continua diciendo el BOE:

    Artículo 48.3. Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin
    efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos
    por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o
    dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular,
    en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de
    libre disposición o de similar naturaleza


    Por lo tanto este artículo de la OG. sobre permisos quedaría SUSPENDIDO y SIN EFECTO:

    Art.13.2. 4. Con la finalidad de compatibilizar la disponibilidad permanente para el servicio con la conciliación de la vida familiar y laboral de los guardias civiles en los períodos de Semana Santa y Navidad, los miembros de la Guardia Civil disfrutarán de tres días de permiso consecutivos en cada uno de los citados períodos.

  4. #4

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    [quote user="Pamplinas" post="808642"][quote user="gattuso" post="808579"]No eches mas leña al fuego y leetela bien anda.[/quote]

    Yo lo he leido y tambien saco esa conclusión, así que a lo mejor debes leerlo con más detenimiento.
    Esto está en otro hilo de este foro:

    Según he podido leer y entender en el BOE esos días también los quitan:

    (RESUMIDO)
    Artículo 48.1. Permisos de los funcionarios públicos.
    Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
    - Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
    - Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día
    - Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
    - Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud
    - Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
    - Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo
    - Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados
    - Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años
    - Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado
    - Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal
    - Por asuntos particulares, tres días
    - Por matrimonio, quince días.

    (NO APARECEN LOS PERMISOS DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD)

    Y esto continua diciendo el BOE:

    Artículo 48.3. Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin
    efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos
    por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o
    dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular,
    en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de
    libre disposición o de similar naturaleza


    Por lo tanto este artículo de la OG. sobre permisos quedaría SUSPENDIDO y SIN EFECTO:

    Art.13.2. 4. Con la finalidad de compatibilizar la disponibilidad permanente para el servicio con la conciliación de la vida familiar y laboral de los guardias civiles en los períodos de Semana Santa y Navidad, los miembros de la Guardia Civil disfrutarán de tres días de permiso consecutivos en cada uno de los citados períodos.[/quote]


    Yo opino igual que tú compañero!!!! Que también nos lo quitan.

  5. #5

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    Me pareceria bien si nos devolvieran nuestros 40 dias. Me extraña mucho nadie se haya dado cuenta antes de esto en ningun foro y se habrá este tema 3 dias despues.


    Me parece raro.

  6. #6

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    No puede ser, esto ya es rizar el rizo...lo siguiente sera que vuelvan a poner arrestos en tu unidad. Prefiero que nos vuelvan a poner los 40 dias.

  7. #7

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    Lo del compi está bien leído e interpretado,,,nos han fulminado los permisos SS y navidad...

  8. #8

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    Lo que tendrán que hacer es una adaptación de las Normas nuevas a nuestra Orden General de Vacaciones, Permisos y Licencias, que es el texto legal donde vienen recogidos los 3 días de Semana Santa y Navidad, porque esos no figuraban en el Estatuto Básico del Empleado Público.

  9. #9

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    [quote user="foxdemox" post="808680"]Lo que tendrán que hacer es una adaptación de las Normas nuevas a nuestra Orden General de Vacaciones, Permisos y Licencias, que es el texto legal donde vienen recogidos los 3 días de Semana Santa y Navidad, porque esos no figuraban en el Estatuto Básico del Empleado Público.[/quote]

    Todo a su tiempo....

    La adaptación está hecha a base de decreto-ley

    Disposición adicional sexta. Adecuación para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.

    1. Las disposiciones de carácter general que, para los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, regulan las materias contenidas en el título I deberán entenderse modificadas en los términos establecidos en esta disposición legal.


    NOS VAMOS AL TITULO I a ver que expone....


    Artículo 48.1. Permisos de los funcionarios públicos.
    Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
    - Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar
    - Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un día
    - Para realizar funciones sindicales o de representación del personal
    - Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud
    - Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
    - Por lactancia de un hijo menor de doce meses tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo
    - Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permanecer hospitalizados
    - Por razones de guarda legal, cuando el funcionario tenga el cuidado directo de algún menor de doce años
    - Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado
    - Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal
    - Por asuntos particulares, tres días
    - Por matrimonio, quince días.



    Artículo 48.3. Desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, quedan suspendidos y sin
    efecto los Acuerdos, Pactos y Convenios para el personal funcionario y laboral, suscritos
    por las Administraciones Públicas y sus Organismos y Entidades, vinculados o
    dependientes de las mismas que no se ajusten a lo previsto en este artículo, en particular,
    en lo relativo al permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de
    libre disposición o de similar naturaleza



    EN RESUMEN...ADIOS PERMISOS!!! :antidistur:-)



    Que nos devuelvan los 40 días... :altoi:

  10. #10

    Re: PERMISO DE SEMANA SANTA Y NAVIDAD FULMINADO

    Menos mal q por la singularidad de nuestro trabajo y al no haber turnos fijo y con el objeto de conciliar la vida familiar con la laboral nuestro gobierno se preocupa de nuestras vacaciones..... Q tendrá q ver un funcionario q trabaja de lunes a viernes por las mañanas o un bombero q tiene turno fijo con nosotros! El quitar los 40 días fue el comíenzo de comenzar a j.....nos

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