NO se pueden desplazar que se vayan en transporte público. Hay que evitar contagios
En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
NO se pueden desplazar que se vayan en transporte público. Hay que evitar contagios
Freedom of speech
Por eso lo pregunto, por las interpretaciones. Unos denuncian, otros no denuncian.
Tu residencian habitual/oficial es el cuartel o donde tengas autorizado a residir mientras trabajasEn mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
En definitiva, el marrón que se lo coma el de la calle sin tener instrucciones CLARAS sobre cómo actuar o no según el caso que se le presente.
Todo muy lógico y coherente, sí.
Vamos a ver. Sólo he preguntado si la casuística que he expuesto, se encuentra o se podría encontrar dentro del apartado “causas debidamente justificadas” que establece el Real Decreto. Nada más.
Ya se que cada uno debe ser responsable, consecuente, etc.
Bien es cierto, que si se diesen instrucciones CLARAS y no genéricas al respecto, esta y muchas dudas más no le surgirian al ciudadano de a pie.
Es muy frustrante, el atender una llamada tras otra, y no saber a ciencia cierta, que decir a la persona que tiene una duda. Carecemos de instrucciones claras, de las no claras también, para ayudar a los de fuera y los nuestros. Y el marrón, no sólo es para los COMPAÑEROS de la calle. Dejaré para otro rato, lo del hacinamiento en el COC y la falta absoluta de profilaxis en esas salas.
Tu Residencia habitual es la de tu destino, no la del pueblo que seas en otra comunidad.En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
Gracias por contestar Txapela y fiscalero. Pues un mes en un pueblo de Mordor confinao....
yo opino que ahora no es momento para pedir nada y sí para entregarnos al servicio al 100 x 100. Yo termino las vacaciones el 30 y me voy a mi unidad (Usecic) a dar lo mejor de mí. Después, cuando todo pase, ya tendremos tiempo a pedir, pero ahora NO.
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