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  1. #1
    En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....

  2. #2
    Cita Iniciado por jota82 Ver mensaje
    En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
    Tu residencian habitual/oficial es el cuartel o donde tengas autorizado a residir mientras trabajas

  3. #3
    Cita Iniciado por jota82 Ver mensaje
    En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
    Tu Residencia habitual es la de tu destino, no la del pueblo que seas en otra comunidad.

  4. #4
    Cita Iniciado por jota82 Ver mensaje
    En mi unidad nos han dicho que los días libres( DAS, DF y DS) NO podemos volver a casa,en mi caso del País Vasco al Noroeste de España,obligados a estar en la localidad de destino. Sabéis algo de esto?. En la normativa del estado de alarma pone que si se puede regresar al lugar de residencia habitual....
    Si pero creo que el lugar de residencia habitual no puede estar a más de 40km de la localidad de trabajo.

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