[quote user="barcelona2008" post="811341"]Totalmente legal, nadie le puede decir absolutamente nada. Otra cosa es que usted vista de uniforme o enseñe algún documento donde se haga pasar por GC, entonces sería una falta, pero solo en ese caso, Lucir el escudo del Cuerpo usted puede hacerlo siempre y cuando quiera.[/quote]

Te corrijo compañero, exhibir algún documento o uniforme para hacerse pasar por GC es un DELITO de Usurpación de Funciones públicas, así tipificado en el artículo 402 del Código Penal. Si bien es cierto que si hipotéticamente se portase el uniforme con el único objetivo de "pasearse" sería una Falta Contra el Orden Público tipificada en el articulo 637 de la misma Norma.

Aunque es cierto que el hecho de portar una gorra con la espada y el haz de líctores no constituye infracción ni delito alguno.

Un saludo.