Orden General número 1/2016, por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la Guardia Civil

Artículo 12. Permiso por asuntos particulares.
· Se concederán hasta seis días de permiso por asuntos particulares por cada período anual.
· Dos días adicionales de permiso por asuntos particulares si se ha cumplido el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
· Se incrementará cada año natural en un día como máximo, cuando alguna de las festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas coincida con sábado en dicho año.



Sábado 1 de mayo y sábado 25 de diciembre de 2021 son festivos nacionales no sustituible por las CCAA.

Asuntos particulares 2021 = 6 + los que correspondan por trienios + 1 (por el 01/05/2021 y el 25/12/2021).