Según lo establecido en el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre...

Las fiestas laborales en 2021 en todas las Comunidades Autónomas serán las siguientes:

1) 1 de ENERO (viernes).
2) 2 de ABRIL (viernes santo).
3) 1 de MAYO (sábado).
4) 12 de OCTUBRE (martes).
5) 1 de NOVIEMBRE (lunes).
6) 6 de DICIEMBRE (lunes).
7) 8 de DICIEMBRE (miércoles).
8) 25 de DICIEMBRE (sábado).

Y cada Comunidad Autónoma tendrá capacidad de decidir sobre las siguientes fechas:

9) El 6 de ENERO (miércoles) la Comunidad Autónoma puede decidir mantenerlo o sustituirlo por otra fecha.
10) La Comunidad Autónoma puede decidir entre el 19 de MARZO (viernes) o el 25 de JULIO (domingo) u otra fecha.
11) El Jueves Santo, 1 de ABRIL, la Comunidad Autónoma puede decidir mantenerlo o sustituirlo por otra fecha
12) El 15 de AGOSTO, al caer en 2021 en domingo, el festivo pasaría al lunes inmediatamente posterior, el 16 de AGOSTO o la Comunidad Autónoma puede decidir sustituirlo por otra fecha.

En los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas, en distintas fechas, se van publicando esos 12 días festivos correspondientes a 2021. Y finalmente se publicará todo en el BOE.

Y además, en los boletines oficiales de la provincia, en distintas fechas, se van publicando los 2 días festivos locales.