La obligación de llevar cinturón de seguridad no se exige a los conductores o pasajeros de los vehículos de más de3.500 Kg. de peso total.
En los vehículos prioritarios que no alcancen ese peso, también es obligatorio llevar el cinturón de seguridad, sobre todo cuando se circule fuera de poblado
(por autopistas, autovías, vías rápidas o carreteras convencionales).Únicamente están exentos de llevar el cinturón de seguridad puesto, los
conductores y pasajeros de los vehículos en servicio de urgencia, siempre que circulen en poblado, se dirijan a la prestación de un servicio urgente
y lleven en funcionamiento las señales de emergencia luminosas(rotativos) y acústicas (sirena).
http://es.scribd.com/doc/21824212/No...s-Prioritarios
Rajoy dimisión ya. por inútil, mentiroso, cobarde y traidor :manifa: :manifa: :manifa:
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