En el caso uno hace falta una inspección ocular y declaración del vecino, con eso ya valoras la veracidad o fuerza de esa denuncia.
En el segundo caso igual, denuncia de la madre, exploración de las menores y declaración del marrano, y si hay consistencia al juzgado y allí se las apañen.
A groso modo es así el actuar.
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