Lo que no es dificil de entender es que cuando hay un detenido, se debe comunicar INMEDIATAMENTE al Colegio de Abogados...
Respecto a lo que dices de las 3 horas respecto a la personación del letrado, una puntualización, no es desde el aviso al letrado, las 3 horas empiezan a contar desde el encargo al Colegio de Abogados no desde que el Colegio da el aviso al letrado, que son dos cosas diferentes también..
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