
Iniciado por
tresvictor
No hay detención ilegal en ningún lado. Me entrevisto con la víctima en el lugar de los hechos y veo si tiene lesiones aparentes, también con los testigos si los hay, hago una inspección ocular y solicito los antecedentes policiales del supuesto agresor, si de todo ello deduzco que hay indicios de delito, que el presunto autor pudo haberlo cometido y no tengo seguridad de que se presentará ante el juzgado procedo a la detención, le informo de sus derechos y dejo todo reflejado en el acta de manifestación de la fuerza actuante, que según los criterios de instrucción de diligencias debe ser tomada de manera individualizada a cada agente interviniente. Si después ella decide no denunciar no pasa absolutamente nada, yo he actuado conforme al artículo 492 de la LECRIM que no menciona en ningún lado la existencia de una denuncia previa. Cuando el abogado acuda puede tener acceso a las manifestaciones de los agentes y al relato realizado en el acta de lectura de derechos para hacerse una idea cabal de los motivos y circunstancias de la detención.
A ella si tiene lesiones se le facilita que reciba asistencia médica y se pide al personal sanitario copia del parte judicial para incorporarlo al atestado (tienen obligación de facilitarlo en los casos susceptibles de enjuiciamiento rápido); si no quiere ir al médico puedo incluso pedirle autorización para fotografiar las lesiones que tenga (nunca ninguna se me ha negado y es conveniente aún cuando exista parte médico), se le cita para que acuda al Juzgado y ya allí el juez verá si archiva el caso.
Pero vamos, es que esto son situaciones que se producen a diario, de hecho en unas instrucciones remitidas a las unidades se incidía en que la entrevista con la víctima debía de intentarse fuese lo más exhaustiva posible para extraer el máximo de información e indicios para realizar lo mejor posible la valoración de riesgo, en previsión de que finalmente no denuncie, algo que es de lo más habitual, además si se hace así tendremos material para poder tomarle declaración al detenido si éste accede.
No entiendo como alguien puede ver una detención ilegal de libro en este proceder; si nos llaman cada dos por tres a declarar como testigos a juicios porque la víctima no ha querido denunciar y al fiscal le interesa lo que nos contó cuando acudimos al lugar de los hechos.
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