Copio y pego de la Ley de Riesgos Laborales:
"Organización de los turnos
Teniendo en cuenta estos condicionantes, la organización de los turnos debe incluir entre sus objetivos la protección de la salud de los trabajadores. Para ello deberán seguirse las recomendaciones existentes a este res pecto. Se debe emprender una política global en la que se consideren los siguientes factores:
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La elección de los turnos será discutida por los interesados sobre la base de una información completa y precisa que permita tomar decisiones de acuerdo con las necesidades individuales.
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Los turnos deberán respetar al máximo el ciclo de sueño, evitando que el turno de mañana empiece a una hora demasiado temprana. Los cambios de turno pueden situarse, por ejemplo, entre las 6 y las 7h. las14 y las 15h. y las 22 y alrededor de las 23h. Una variable que se debe tener en cuenta es la distancia entre el centro de trabajo y el domicilio de los trabajadores.
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Los turnos de noche y de tarde nunca serán más largos que los de mañana, preferiblemente serán más cortos.
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En cuanto a la duración de cada ciclo, actualmente se tiende a realizar ciclos cortos (se recomienda cambiar de turno cada dos o tres días), pues parece ser que, de esta manera, los ritmos circadianos apenas llegan a alterarse (Fig. 8). Sin embargo, la vida de relación se hace más difícil con un ritmo de rotación tan cambiante, por lo que puede existir una contradicción entre el punto de vista fisiológico y las necesidades psicosociales de los individuos. Este es uno de los aspectos por los que el problema de la rotación es tan complejo y por lo que es necesario adaptarlo a las necesidades individuales y contar con la participación de los interesados."
Luego no sólo no es cierto que esta ley prohiba los tripletes, sino que los promueve, porque, de hecho, al establecer que lo más conveniente para el organismo (fisiología) son los ciclos cortos, los tripletes, que son el ciclo más corto posible, queda como el mejor sistema para no alterar los ritmos naturales del cuerpo.
Y deja claro también que deben ser los trabajadores afectados los que decidan sobre qué turno quieren tener.
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