Primer caso.

Viene un señor al cuartel a denunciar que su vecino le ha entrado en su casa rompiendo la puerta y le ha robado 1000 euros de la caja fuerte, manifestando haberlo visto. El Guardia coge la denuncia por delito de robo con fuerza en las cosas. La duda es la siguiente, si la guardia civil no ha visto al señor que supuestamente ha realizado el robo, ¿Se puede detener a ese vecino que acusa el denunciante haber robado con la simple denuncia de la persona denunciante?.

Segundo caso.

Se presenta una mujer para denunciar a su vecino ya que al parecer, cuando ve a las hijas menores de la denunciante, se baja los pantalones y se masturba diciéndoles palabras obscenas. ¿Se procedería a la detención de esa persona con la simple denuncia de la señora o tendríamos que pillarlo infraganti?.

¿Y si el tío está trastornado se podría detener?.


Bueno espero que alguien me pueda aclarar estas dos cuestiones porque llevo poco en la empresa y son dudas que me surgen y no tengo ni idea de que es lo que podría hacer. Saludos.