[quote user="moncofero" post="826775"][quote user="Birraman" post="826771"]En cuanto al segundo caso, puedes detener, siempre mirando los intereses de los menores, pero si no quieres complicarte, lo pones en conocimiento de la fiscalía de Menores, y ya te dirán como actuar de la mejor forma(de todas formas, preguntes o no, vas a tener que dar parte a Fiscalía de menores).
En cuanto al primer caso, le detienes si quieres, y como dices que es vecino del Pueblo, con domicilio conocido...etc, lo pones luego en libertad, dando cuenta al juzgado y ya esta, ya lo citan para comparecencia.
Saludos.[/quote]
El competente si el autor es mayor de edad es el Juzgado de instrucción.[/quote]
Correcto, pero tu cuando hay menores perjudicados, no pasas aviso a fiscalía?
Saludos.
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