[quote user="UBE" post="827920"][quote user="PIPOPERRO" post="826861"][quote user="Birraman" post="826771"]En cuanto al segundo caso, puedes detener, siempre mirando los intereses de los menores, pero si no quieres complicarte, lo pones en conocimiento de la fiscalía de Menores, y ya te dirán como actuar de la mejor forma(de todas formas, preguntes o no, vas a tener que dar parte a Fiscalía de menores).

En cuanto al primer caso, le detienes si quieres, y como dices que es vecino del Pueblo, con domicilio conocido...etc, lo pones luego en libertad, dando cuenta al juzgado y ya esta, ya lo citan para comparecencia.

Saludos.[/quote]




Fiscalía de Menores????? Las niñas en este caso son víctimas no autoras, todas las actuaciones serán remitidas al Juzgado de Instrucción que corresponda por partido judicial. Saludos[/quote]


El competente es el Juzg. de Instr., como tú aclaras para el delito en sí, pero es obligatorio participarlo al Fiscal de Menores y adjuntarle copia de las diligenciasn siempre que haya menores implicados. No olvides que la fiscalía puede por sí efectuar la acusación, no es la primera vez que alguien quita una denuncia pero la fiscalía continúa con la imputación en casos perseguibles de oficio, o protección de los menores afectados si lo considera oportuno. Un saludo
:spain:[/quote]


UBE....creo que no has interpretado bien la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

La copia a Fiscalía de Menores...REPITO, no es cuando sean víctimas.

Saludos